Retenciones ¿Indebidas? Conocé si te corresponden o no

Si estas ejercicio una actividad comercial y estas utilizando o cobrando a través de plataformas digites y/o bancos tradicionales, puede que hayas notado que estas entidades te hacen retenciones a cuenta de diferentes impuestos.

 

¿Es correcto que me retengan?

La respuesta es Si.

 

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o de recibir los pagos por sus ventas. Estos agentes son designados por las diferentes provincias.

Tanto las plataformas digitales como los bancos tradicionales son agentes de retención y de información, esto implica que tienen la obligación de realizar retenciones de acuerdo con la ley vigente.

 

Pero no te preocupes, no es plata que se pierde…

Estas retenciones se toman como pago a cuenta de impuestos, por lo tanto, no es plata que se pierde, simplemente te lo retienen de manera anticipada y se toman como un pago a cuenta del impuesto que corresponda. Vos al momento de tu declaración jurada mensual o anual, te lo vas a poder computar como crédito.

Conocé mas sobre retenciones y percepciones en esta nota: Todo sobre retenciones y percepciones de impuestos

 

Me hicieron retenciones de Impuestos que no me corresponden ¿Qué hago?

Los agentes de retención tienen la obligación de retenerte de acuerdo con la ley vigente.

Si estas inscripto correctamente y te retuvieron a cuenta de un impuesto que no re corresponde (Por ejemplo, si sos Monotributista y te retuvieron a cuenta de IVA o Ganancias), probablemente el problema sea que el banco o la plataforma digital, no conoce tu situación fiscal, por lo tanto, tenes que informarsela para revertir el problema.

Si no estas inscripto correctamente, estos agentes, al detectar tu actividad comercial, comienzan a realizarte retenciones como no inscripto. Esto quiere decir que como no encuentran tu CUIT inscripto en ningún padrón de la ARCA, te empiezan a retener a cuenta de todos los impuestos, con las alícuotas mas altas posibles, que son las que les corresponden a los no inscriptos.

Para revertir esta situación, deberías inscribirte ante ARCA de la manera que te corresponda. Ordenando tu situación fiscal vas a dejar de sufrir retenciones indebidas.

Te puede interesar: Retenciones y Percepciones: Qué tenes que saber.

 

…en pocas palabras

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o de recibir los pagos por sus ventas.

Si notas que te hicieron retenciones que no corresponden y estas correctamente inscripto, probablemente solo tengas que informarle al agente de retención tu condición fiscal. Si no estas inscripto, inscribite para revertir la situación

Asesorate con nuestra herramienta para inscribirte maximizando tus beneficios

¿Qué es ser Responsable Inscripto? Entendelo acá.

Responsable inscripto es una de las figuras impositivas que existen en el país, que a diferencia del monotributo en donde se paga una cuota fija mensual, cuando sos Responsable Inscripto, tenes que presentar tus impuestos a traves de declaraciones juradas mensuales y anuales y pagar lo que surja de esas declaraciones juradas.

En general, te va a corresponder inscribirte como Responsable Inscripto, cuando por tu trabajo independiente o comercial superes los límites del monotributo.

 

¿Cuáles son mis obligaciones como Responsable Inscripto?

Un responsable inscripto tiene la obligación de:

  • Presentar IVA (Impuesto al valor agregado) de forma mensual
  • Presentar IMPUESTO A LAS GANANCIAS de forma anual
  • Aportar a AUTÓNOMOS forma mensual (jubilación)
  • De acuerdo con la actividad que desarrolle también te puede corresponder presentar Ingresos Brutos de forma mensual.

La figura del Responsable Inscripto requiere otro tipo de organización. Es necesario tener la documentación e información necesaria de compras, ventas y gastos de manera ordenada para poder hacer las declaraciones juradas mensuales y anuales.  

 

¿Cómo identificar si soy responsable inscripto? ¿ Es opcional?

Si bien son muchas las variables que hay que tener en cuenta, la más común es la facturación anual estimada. Si tu proyección de facturación anual SUPERA el límite de la última categoría de monotributo, corresponderá si o sí que tu inscripción sea bajo el régimen de responsable inscripto.

Recordá que: Para poder permanecer en el monotributo, no debes superar ninguna de las variables de la tabla (M2 afectados a la actividad, Monto de alquileres, Energía eléctrica consumida)

Si te encontras por debajo de este límite de Monotributo, podrás elegir entre ser Responsable Inscripto o Monotributo analizando otras variables para determinar que es lo que te conviene de acuerdo con las particularidades de tu negocio.

Siempre que superes los parámetros del monotributo, la figura que te corresponde es la de Responsable Inscripto.

 

¿Cuánto voy a pagar?

Este régimen se diferencia del monotributo por no contar con una cuota fija mensual, el monto a pagar en concepto de impuestos dependerá de tus ingresos y egresos mensuales. Por lo tanto, ¡es difícil de proyectar!

Para que tengas en cuenta, los impuestos involucrados son:

  • IVA – Impuesto al valor agregado
    • El responsable inscripto debe pagar mes a mes a la ARCA un porcentaje de su facturación en concepto de IVA. La tasa general es del 21% , pero también existen otras alícuotas mas bajas y mas altas dependiendo de la actividad que sea.

¡Tene en cuenta que tenes que pagar este impuesto a la ARCA a la hora de establecer tus precios de venta y el valor de tus servicios!

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada mensual ante ARCA

 

  • Impuesto a las Ganancias
    • Es un impuesto anual que se paga en base a tus resultados, es decir, tus ingresos menos tus gastos.

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada anual ante ARCA

 

  • Autónomos:
    • Al tratarse de personas físicas, también se requiere inscripción en autónomos para el pago de la jubilación. Este monto es variable en relación a tus ingresos.

El aporte se hace de manera mensual, por medio de VEP o sino también lo podes adherir al débito automático

 

  • Ingresos brutos:
    • De acuerdo a la actividad que sea, puede ser que también te corresponda inscripción en ingresos brutos.

Ingresos brutos es un porcentaje de lo facturado. La alícuota dependerá de tu actividad y de la o las jurisdicciones en las que trabajes.

 

…en pocas palabras

Ser responsable inscripto lleva aparejado una serie de obligaciones mensuales y anuales las cuales tenes que cumplir mientras estés inscripto, factures o no factures.

Las declaraciones juradas obligatorias requieren que cuentes con tu información mensual de compras, ventas y gastos organizada de manera prolija. Por esta razón podrías optar por contar con ayuda en la materia, para que tu información mensual este organizada de manera prolija para poder hacer tus presentaciones de impuestos de manera mas eficiente.

No te pierdas tambien: 5 consejos que todo Responsable Inscripto debería conocer

 

Autónomos: ¿Qué es ser un trabajador independiente?

Un trabajador independiente debe en la gran mayoría de los casos, aportar a autónomos. Conocé qué implica en este post.

Un trabajador autónomo o independiente, es aquel que realiza una actividad económica, de forma habitual, sin contrato de trabajo. Si este es tu caso, y por alguna razón estas fuera del limite del Monotributo, esto implica que estás incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA.

Además de todas las obligaciones impositivas que tenes por ser responsable inscripto, una de tus obligaciones será aportar a autónomos. Estos son básicamente: tus aportes jubilatorios.

 

Si no conoces el resto de tus obligaciones como responsable inscripto, no te pierdas nuestro post: ¿Qué es ser Responsable Inscripto?

 

Al no tener empleador, los aportes los tenes que realizar vos por tu cuenta, y ¡Si! Son obligatorios. No aportar a autónomos, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar. Es importante realizar los pagos de aportes mes a mes, ya que en el caso en que se haga fuera de término, los intereses generados producirán una deuda, que deberá saldarse antes de solicitar la jubilación. 

 

Pago de Autónomos: ¿Cuánto y cuando tengo que pagar?

El monto a pagar es mensual y es determinado en base a tu categoría de autónomos. Tu categoría va a depender de la actividad que realices y en algunos casos también los ingresos brutos anuales que percibas.

El vencimiento sueles ser entre el 5 y 7 de cada mes, (o día hábil subsiguiente) de acuerdo a la terminación de tu cuit.

 

¿Cuáles son las modalidades de pago?

Las modalidades aceptadas por la ARCA son:

  1. A través de un VEP (Volante electrónico de pagos)
  2. Debito automático en tarjeta de crédito
  3. Debito directo en cuenta bancaria
  4. Mediante la utilización de la “Billetera electrónica ARCA”
  5. Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por la ARCA

En caso de ya ser jubilado y continuar desarrollando mi actividad independiente ¿corresponde abonar autónomos?

Si, en caso de ser jubilado y continuar desarrollando tu actividad independiente, tenes que seguir aportando autónomos, encuadrado en la categoría mínima vigente.

 

…en pocas palabras

Si sos un trabajador independiente y te encontras incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA, debes aportar a Autónomos. No aportar a autónomos, además de estar incumpliendo con la normativa, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar.

Conocé como inscribirte con nuestra herramienta.