¿Qué es Ingresos Brutos? ¿Cómo se si me tengo que inscribir?

El impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto provincial. Esto quiere decir que está regulado por cada Provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de sus respectivas normas.

En cada código fiscal se va a definir específicamente:

  • A que tipo de actividades se aplica
  • Quienes deben pagarlo
  • Quienes están exentos
  • Cuanto se paga

Si bien por lo general se establece como un impuesto anual, de acuerdo con la jurisdicción que sea, se pueden hacer adelantos mensuales o bimestrales.

También puede ocurrir que se realicen retenciones a cuenta de este impuesto. Las retenciones te las pueden efectuar tus clientes o el banco donde recibas esas cobranzas.

Por lo general, ingresos brutos es un porcentaje de lo facturado, por lo tanto varia mes a mes. La alícuota que te corresponda pagar, va a depender de la actividad que realices.

 

Dónde debo inscribirme en Ingresos Brutos

A la hora de definir como hacer tu inscripción en ingresos brutos, lo primero que tenes que identificar es qué actividad vas a realizar y dónde la vas a realizar.

  • Si trabajas solamente en una provincia o Jurisdicción, para cumplir con esta obligación deberías inscribirte en Ingresos Brutos de la provincia en la que trabajes, y tributar de acuerdo a las normas de esa provincia.
  • Si trabajas en mas de una provincia o jurisdicción, el régimen que te corresponde es el de Convenio Multilaeral

 

Para aquellos que trabajan en solamente una jurisdicción, hay dos opciones de régimen:

 
Régimen Simplificado/Unificado

Si sos Monotributistas deberías saber que hay algunas provincias adheridas al monotributo unificado, esto quiere decir que podrías adherirte y comenzar a pagar junto con tu Monotributo, Ingresos Brutos, como un componente más dentro de la cuota de tu monotributo.

Esta es la manera mas fácil y sencilla de cumplir con este impuesto ya que es un importe fijo y no se requieren declaraciones juradas

¡Averigua bien porque no todas las provincias están adheridos todavia!

 

Régimen general

Si la provincia en la que trabajas no está adherida al regimen simplificado, o no sos Monotributista, te va a corresponder tributar por el régimen general.

Por lo general tenes que hacer una segunda inscripción (diferente a la de ARCA) y hacer la declaración jurada de acuerdo a lo establecido por esa provincia.

Si trabajas en mas de una jurisdicción, el régimen que te corresponde es el de Convenio Multilateral

 

Leé tambien: Ingresos Brutos: Todo sobre Convenio Multilateral.

 

Actividades exentas de Ingresos Brutos

Hay muchas actividades exentas de Ingresos Brutos, éstas dependen de cada Jurisdicción. Puede ser que tu actividad este exenta en una jurisdicción y no en la otra por lo tanto eso te va a afectar a la hora de liquidar.

¡Averigua bien antes de inscribirte!

 

…en pocas palabras

Casi todos los contribuyentes tienen que inscribirse además de en ARCA, en Ingresos Brutos de acuerdo a las Jurisdicciones en las que trabajen. ¡Las excepciones son muy pocas!

De acuerdo a tu situación particular puede ser que lo pagues a través de una cuota fija o que te corresponda realizar una declaración jurada mensual de la cual surja un impuesto a pagar.

Conocé como gestionar tus impuestos con nuestra herramienta

Facturacion a Consumidor final

¿Escuchaste hablar alguna vez de la facturación a Consumidor Final? ¿Sabías que podes hacer una factura, aunque no cuentes con el CUIT o DNI del cliente al que le tenes que facturar? En el mundo impositivo, aunque no lo creas, existen disposiciones que pueden beneficiar a los comerciantes y prestadores de servicios.

Una de ellas es la posibilidad de emitir facturas sin identificar al cliente en operaciones que no superen cierto monto.  Esto simplifica los procesos de facturación, permitiendo que los negocios operen con agilidad y eficiencia.

Seguí leyendo para entender cuales son los requisitos para que empieces a utilizar esta opción.

 

¿Qué es la Facturación a Consumidor Final o sin Identificar al Cliente?

La facturación sin identificar al cliente es una práctica fiscal que permite emitir facturas sin detallar el nombre o identificación del comprador en operaciones que no superen un determinado monto.

Esto permite que la facturación sea más ágil y simple, ideal para aquellos que tengan ventas masivas a consumidor final. Aunque también podés hacer uso de esto, si prestas servicios y cumplís con los siguientes requisitos.

 

¿Cuáles son los requisitos?

Información actualizada a Enero 2024

Cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 344.488 y su receptor sea un consumidor final, habrá que identificarlo en la factura con

  • Apellido y Nombres.
  • Domicilio.
  • CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 172.244 y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.

Por debajo de este monto, podrías facturar sin identificarlo.

 

Ojo: La facturación sin identificar al cliente no exime de otras obligaciones fiscales. Tenes que cumplir con todas las demás obligaciones que te correspondan según la situación fiscal, incluyendo la presentación de declaraciones y el pago de impuestos.

 

…en pocas palabras

La facturación sin identificar al cliente es una alternativa que otorga agilidad y simplicidad para cumplir con las obligaciones de ARCA en las operaciones de bajo monto. Sin embargo, es esencial cumplir con los requisitos y límites establecidos por la legislación fiscal aplicable.

¡Aprovecha esta facilidad tributaria y simplifica tus operaciones de bajo monto para hacer crecer tu negocio con eficiencia y éxito!

Monotributo: Todo lo que tenes que hacer cada mes y cómo

Si sos monotributista, o te estas por inscribir en monotributo, estas son las cosas que tenes que saber. Si bien el régimen esta pensado para que sea sencillo de gestionar, descuidarlo puede traer complicaciones y problemas en el futuro.

Acá van 3 tareas que no tenés que descuidar una vez que estas adherido.

 

1- Facturar tus ventas y/o servicios en forma electrónica.

Es obligatorio que las facturas se hagan de forma electrónica.

¡Pero no te preocupes! Lo podes hacer a través de la pagina de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Ex AFIP, accediendo con tu CUIT y Clave fiscal (¡sí! La misma que usaste para inscribirte), o podes optar por contratar un sistema de webservice que muchas veces hace que facturar sea mas eficiente.

Te puede interesar: ¿Puedo no realizar facturas?

 

3- Hacer el pago mensual de Monotributo

El pago mensual de Monotributo vence el día 20 de cada mes o el siguiente día hábil.

Recorda que SIEMPRE debe estar pago antes de ese día para evitar intereses

De hecho, si sos olvidadizo o para mayor comodidad lo podés adherir al débito automático ¡para que no te olvides de pagarlo!

Si preferís alguna otra forma de pago, estas son otras de las formas de pagar el monotributo que ofrece la ARCA, para que lo puedas tener al día.

  • A través de un VEP (volante electrónico de pago). Para esto necesitas tener homebanking habilitado.
  • A través de una tarjeta de crédito.
  • A través de plataformas digitales con QR
  • En efectivo

Ojo: Si no pagas por 10 meses consecutivos la ARCA te da de baja de oficio y no vas a poder volver a inscribirte hasta que regularices la totalidad de tu deuda.

 

3- Rectegorizaciones semestrales de Monotributo

¡No te olvides de recategorizarte!

Las recategorizaciones son cada 6 meses, por lo general en los meses de Enero y Julio de cada año.

El trámite de recategorización es 100% digital, por lo tanto, es super fácil, y lo podes hacer desde tu casa en cualquier momento del periodo de recategorización.

 

¿Quiénes tienen que cumplir con la recategorización?

En los periodos de recategorización, todos los monotributistas tienen que analizar los parámetros para ver si les corresponde cambiar de categoría, pero no todos están obligados a hacer el trámite web:

No estás obligado a cumplir con el trámite de recategorización:

  • Si te corresponde permanecer en la misma categoría
  • Si iniciaste actividad hace poco y todavía no se cumplieron 6 meses desde que empezaste.

 

…en pocas palabras

Si bien ser monotributista es sencillo, descuidar las pequeñas cosas del día a día puede traerte problemas con la ARCA. Siguiendo nuestros consejos reducís al máximo la posibilidad de que la ARCA te investigue.

¿Puedo no realizar facturas?

Si bien facturar es obligatorio, hay algunas actividades que pueden no realizar facturas. Conocé si ésta es tu situación, leyendo esta nota.

En líneas generales, todas las actividades están obligadas a respaldar sus operaciones con facturas.  El tipo de factura que tenes que emitir dependerá de tu condición fiscal y la condición fiscal de tu cliente.

Conocé mas en: Facturá tus productos y servicios: Qué necesitas saber

De todas formas, hay algunas actividades exceptuadas de facturar. Estas están establecidas claramente en el Anexo I de la Resolución General Nº 5003. Esto implica que las actividades enumeradas en esta resolución, pueden no realizar facturas.

A modo resumen, las mas comunes son:

  • Los prestadores de servicios de correos y encomiendas, exclusivamente respecto de la VENTA DE ESTAMPILLAS.
  • Las empresas que presten SERVICIOS DE TELEFONO PUBLICO directamente al usuario.
  • Quienes presten SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO de pasajeros,
  • Las empresas de actividades de EXPECTACULOS PUBLICOS, JUEGOS MECANICOS, PARQUES DE DIVERSIONES, BAILES, CONFERENCIAS y similares, únicamente cuando el derecho al servicio y/o admisión se concrete mediante la VENTA DE ENTRADAS.
  • Los concesionarios autorizados para la VENTA DE BILLETES DE LOTERIA, prode, quiniela y otros juegos de azar, únicamente con relación a dichas actividades.
  • Quienes desempeñen las FUNCIONES de:
    • Directores de sociedades anónimas
    • Síndicos
    • Integrantes del consejo de vigilancia
    • Socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada (SRL)
    • Socios administradores de sociedades en comandita simple y comandita por acciones, fideicomisarios
    • Consejeros de sociedades cooperativas
  • Los profesionales que por el desarrollo de sus actividades perciban —POR VIA JUDICIAL (abogados, peritos, etc.)—, HONORARIOS y otras retribuciones, únicamente con relación al importe de tales honorarios o retribuciones.
  • Quienes vendan FICHAS O TARJETAS DE ESTACIONAMIENTO en la vía pública.
  • Los empleados EN RELACION DE DEPENDENCIA o quienes realicen prestación del servicio doméstico por horas.
  • Quienes utilicen, para sus operaciones de venta de bienes, MAQUINAS EXPENDEDORAS automáticas.

 

…en pocas palabras

Si tu actividad está contemplada en alguno de los ítems mencionados arriba, puede que puedas no realizar facturas, tenes que analizar si te corresponde o no facturar. Ojo: El hecho de que puedas no emitir factura no significa que no pagas impuestos por estos ingresos. ¡Son dos cosas diferentes! ¡Informate sobre los requisitos de tu actividad!

Régimen simplificado de Ingresos Brutos

¿Puedo elegir si inscribirme o no en el régimen simplificado de ingresos brutos? La respuesta es depende. Depende de algunos factores. Conocé si podes o no inscribirte en el régimen simplificado o si te corresponde otro régimen.

El impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto provincial. Esto quiere decir que está regulado por cada Provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de sus respectivas normas.

Conocé mas sobre este impuesto en: ¿Qué es Ingresos Brutos? ¿Cómo se si me tengo que inscribir?

 

Entonces… ¿Qué hay que analizar para saber si me puedo adherir en el régimen simplificado de este impuesto?

 

1- En cuantas jurisdicciones vendes o prestas tus servicios

Si trabajas en más de una jurisdicción o provincia, indiscutiblemente el régimen que te toca es el de convenio multilateral. Por lo tanto, no vas a poder acceder al régimen simplificado el cual es para contribuyentes que venden o prestan sus servicios, solamente en una jurisdicción.

En el caso de que te corresponda el régimen de convenio multilateral, deberías saber qué se trata de un acuerdo impositivo entre todas las provincias que facilita a quienes trabajan en más de una jurisdicción a la hora de pagar ingresos brutos. Con una sola declaración jurada y un solo pago mensual, estas pagando ingresos brutos en todas las provincias en las que estes inscripto.

Conocé mas sobre este régimen en esta nota: Ingresos Brutos: Todo sobre Convenio Multilateral.

 

2- Si vendes o prestas tus servicios en una sola jurisdicción, ¿te corresponde indiscutiblemente el régimen simplificado de ingresos brutos?

Si solamente vendes o prestas servicios en una sola jurisdicción, puede que puedas acceder al régimen simplificado de ingresos brutos.

¿De qué depende? De que la provincia o jurisdicción en la que vendes o prestas tus servicios tenga disponible este régimen. Si bien todo indica que en el mediano/corto plazo todas las jurisdicciones van a tener disponible un régimen simplificado de ingresos brutos, en la actualidad, no todas lo tienen, por lo tanto, que puedas o no pagar de manera simplificada este impuesto va a depender de la jurisdicción en la que te corresponda tributar.

¿Cómo tributo si solo vendo o presto servicios en una jurisdicción y ésta no tiene un régimen simplificado de ingresos brutos? La manera de tributar seria por medio de una declaración jurada mensual o bimestral a través de la web de tu jurisdicción.

 

3- Si vendes o prestas servicios en una sola jurisdicción y la misma tiene un régimen simplificado de ingresos brutos, ¿podes adherirte al mismo?

Si solamente vendes o prestas servicios en una sola jurisdicción y ésta tiene un régimen simplificado de ingresos brutos podrás acceder sin problema, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos por tu provincia.

Además en muchas provincias, el régimen simplificado es opcional, por lo tanto uno puede elegir si inscribirse en el régimen general local o en el simplificado. Acá es muy importante que se elija la opción que mas te beneficie de acuerdo a tu actividad particular, inscribirte de manera deficiente puede traerte perjuicios.

 

Todo sobre Ingresos Brutos en 3 minutos

Respondemos en estes posteo las preguntas frecuentes de Ingresos Brutos. ¡Sacate todas tus dudas!

¿Qué es el impuesto sobre los Ingresos Brutos?

Ingresos brutos es un impuesto que le corresponde a las actividades independientes o comerciales que consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio sin importar su ganancia.

Consultá todo sobre este impuesto en: ¿Qué es Ingresos Brutos? ¿Cómo se si me tengo que inscribir?

 

¿Quiénes tienen que inscribirse en Ingresos brutos?

Se trata de un impuesto obligatorio y cualquier persona que realice una actividad económica, ya sea como Monotributista o como Autónomo, debe pagar Ingresos Brutos. Tu inscripción va a depender principalmente de dónde realices tu actividad.

 

¿Cómo cumplo con esta obligación?

Por lo general el impuesto mensual surge de una declaración jurada que hay que realizar. No hacerlo trae aparejado multas y sanciones.

Puede ser que también puedas dar cumplimiento al mismo a través de una cuota mensual fija.

El régimen que te corresponda va a depender de tu actividad y de donde, o sea, en qué provincia(s) o jurisdicción(es) la realices.

 

¿Qué es una declaración jurada mensual?

Es una presentación donde se le informa a la jurisdicción que corrsponda todos tus datos mensuales. Una vez finalizada, surge tu impuesto a pagar. Se realiza todos los meses, tengas o no movimiento comercial.

 

¿Como se calcula?

El impuesto es un porcentaje de tu facturación neta. Por lo tanto, para calcularlo debes multiplicar tu facturación del mes por la alícuota que te corresponda.

 

¿Qué alícuota me corresponde?

Las alícuotas se establecen de acuerdo con la jurisdicción (es decir provincia) donde trabajes y la actividad que tengas. Cada jurisdicción determina las alícuotas para las distintas actividades

 

¿Cómo me tengo que inscribir? ¿Cómo sé que régimen me corresponde?

Si ejerces tu actividad en una sola jurisdicción, la inscripción se realiza en el Impuesto a los Ingresos Brutos de esa provincia. Ahora si tu actividad la realizas en mas de una jurisdicción o provincia (por ejemplo, si vendes a todo el país), la inscripción que te corresponderá es la de convenio multilateral.

 

¿Qué pasa si trabajo en más de una provincia o jurisdicción?

En ese caso corresponde que te inscribas en Convenio Multilateral, con todas las jurisdicciones en las que trabajas para poder tributar en diferentes provincias.

Conocé mas sobre este régimen en: Ingresos Brutos: Todo sobre Convenio Multilateral.

 

¿Qué pasa si un mes no facturo? ¿Tengo que pagar igual?

Va a depender de la o las jurisdicciones en las que estes inscripto, hay jurisdicciones que tienen impuesto mínimo y otras que no. De todas formas, siempre se debe presentar la declaración jurada mensual, aunque sea sin movimientos

 

¿Existen excepciones para el pago de este impuesto?

Si, eso lo establece cada provincia en su Código Fiscal (norma). Hay actividades que están exentas de ingresos brutos. Pero ojo si realizas tu actividad en varias provincias, puede estar exenta en una jurisdicción o provincia y en otra no.

 

Me hicieron descuentos por percepciones ¿Qué es eso?

Por estar inscripto en el impuesto, puede que re realicen percepciones o retenciones de ingresos brutos.  Todos esos conceptos se pueden tomar como pago a cuenta del impuesto al momento de hacer tu declaración jurada mensual.

 

…en pocas palabras 

Ingresos Brutos es un Impuesto Provincial, no tiene nada que ver con Monotributo pero es igualmente obligatorio. Analiza tu situación, conocé como corresponde que pagues este impuesto y evitá problemas futuros. 

ARCA: ¿Qué es la Agencia de Recaudación y Control Aduanero?

Se creó ARCA, ¿Qué singnifica? Te contamos todo en esta nota.

En las últimas semanas podés haber leído noticias que indican que “se eliminó la AFIP”, pero esto… ¿es realmente así?

Con el Decreto 953/2024 se decidió disolver a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y crear ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero).

¿Pero qué es entonces ARCA? Básicamente ARCA es la continuación de la AFIP y, por lo tanto, se encuentra a cargo de la recaudación de impuestos, del control del cumplimiento de las presentaciones juradas, y demás obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional. Tal cual lo hacía AFIP antes del decreto.

 

Entonces… ¿Qué cosas no cambian con la creación de ARCA?

  • Inscripción: No necesitas hacer ningún trámite nuevo ni revalidar la información que ya registraste en AFIP.
  • CUIT y Clave Fiscal: Vas a seguir usando la misma CUIT y Clave Fiscal para acceder al sitio web de ARCA y realizar todos tus trámites habituales.
  • Domicilio Fiscal Electrónico: El domicilio fiscal que ya tenías constituido va a seguir vigente.
  • Turnos: Si tenías un turno asignado en una oficina de AFIP, no te preocupes: sigue válido y vas a ser atendido en la misma sede.
  • Vencimientos: Las fechas para pagar impuestos y presentar declaraciones juradas no sufren modificaciones.
  • Facturación: Los sistemas de facturación que venías utilizando siguen igual.
  • Trámites en curso: Todo trámite iniciado antes de la creación de ARCA va a seguir su curso sin interrupciones.
  • Beneficios fiscales: Las exenciones y beneficios fiscales que tengas van a seguir aplicándose sin cambios.
  • Planes de pago: Si tenías un plan de facilidades de pago vigente, continuará tal como estaba.
  • Ejecuciones fiscales: Los procesos de ejecución en trámite continuarán bajo las mismas condiciones.
  • Infracciones y denuncias: Las infracciones, sumarios iniciados o denuncias penales/tributarias en trámite no se ven afectados.
  • Trámites aduaneros: Todo lo relacionado con trámites aduaneros seguirá funcionando como hasta ahora.

 

…en pocas palabras

¿Se disolvió o no se disolvió AFIP? Con el Decreto 953/2024 se decidió disolver a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) pero crear ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero). ARCA es la continuación de AFIP y se va a encargar de todo lo que antes se encargaba AFIP como por ejemplo la recaudación de impuestos y el control de obligaciones tributarias.

¿Queres estar al día con ARCA (Ex AFIP)? Conocé taxmotor