Retenciones y Percepciones: Qué tenes que saber.

¿Sufriste retenciones y percepciones de impuestos? Seguramente notaste que muchas veces los bancos, las plataformas digitales y hasta a veces nuestros proveedores y clientes nos las efectúan. ¡Enterate que es lo que esta pasando!

Si ya estas inscripto hace un tiempo, puede ser que hayas notado que, en algunas oportunidades, en tus facturas de compra aparece un concepto diferente denominado percepción o que al momento de recibir una cobranza sufrís retenciones, es decir “cobras menos” o el banco o plataforma de ventas te descuenta un porcentaje al momento de recibir acreditaciones en tu cuenta…

 

Percepciones/retenciones… ¿Te pasó? Seguí leyendo y descubrí que es lo que pasa

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o pagos. Estos agentes son designados por las diferentes provincias.

 

¿Cómo funcionan las retenciones y percepciones?

El momento de tus compras, vas a ver un importe extra en concepto de percepción o al momento de tus cobranzas veras un descuento en concepto de retención. Los agentes deben informar estas retenciones y percepciones a los distintos organismos de control.

 

Percepciones

Son conceptos extras que cobran los agentes de percepción en sus facturas y vos los vas a ver como un concepto a parte cuando te entreguen tu factura de compra.

El monto que te perciban puede ser un porcentaje fijo o un porcentaje variable, esto va a depender de lo establecido en los distintos códigos fiscales o leyes, provinciales o nacionales, depende del impuesto que se trate.

El agente de percepción va a informar el monto de esa percepción efectuada en tu nombre, y así vos te la vas a poder descontar de impuestos.

 

Retenciones

 Al momento de cobrar tus ventas o tus servicios, puede ser que cobres menos que el precio de venta porque tu cliente te retuvo un porcentaje al momento del pago. O bien porque el banco o la plataforma de ventas que utilices te descuenta un porcentaje en concepto de retención, al momento de recibir la acreditación del pago de tu cliente.

El monto que te retengan puede ser un porcentaje fijo o un porcentaje variable, esto va a depender de lo establecido en los distintos códigos fiscales o leyes, provinciales o nacionales, depende del impuesto que se trate.

El agente de retención va a informar el monto de esa percepción efectuada en tu nombre, y así vos te la vas a poder descontar de impuestos.

 

¿Es plata que se puede recuperar?

Si observas con atención la descripción de las percepciones y retenciones que sufriste vas a ver que están relacionadas a algún impuesto en particular. Pueden ser percepciones o retenciones de Ingresos Brutos, de IVA, de Ganancias. Vos como contribuyente vas a poder descontarte esas retenciones y percepciones del impuesto que correspondan.

No se pueden descontar de otro impuesto que no sea al que corresponden. Es decir, no puedo descontar de IVA, una percepción o retención de ingresos brutos.

Al momento de realizar tu declaración jurada mensual, te va a dar un impuesto determinado y vas a poder descontarte las retenciones y pagar la diferencia que surja una vez ya computados todos estos créditos extras.

 

¿Qué pasa si me hacen mas retenciones y percepciones que el impuesto a pagar?

En el caso de que en un mes tus retenciones hayan sido muy altas y sean mas que el impuesto determinado, no vas a tener que pagar impuesto ese mes y el saldo extra que te haya quedado lo vas a poder computar al mes siguiente.

Te puede interesar: Retenciones ¿Indebidas? Conocé si te corresponden en esta nota.

 

…en pocas palabras

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener y/o percibir a sus clientes al momento de sus compras o pagos. ¡Pero no es plata que se pierde! Vos como contribuyente vas a poder descontarte esas retenciones y percepciones del impuesto que correspondan.

Es importante que lleves registro de tus compras y retenciones para no omitir el cómputo de esos conceptos ya que no tenerlos en cuenta va a implicar que pagues impuestos de más.

Si te practicaron retenciones indebidas este post te puede interesar: Me retuvieron IVA y Ganancias y no estoy inscripto

¿Puedo tener empleados si soy Monotributista?

Si sos monotributista, podes tener empleados. Conocé todo lo que tenes que tener en cuenta si estas pensando en incorporar a un empleado en tu emprendimiento, en esta nota.

Recodemos que el monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes. Consiste en el pago de un valor fijo que incluye dos componentes:

  • Una parte impositiva según diferentes categorías y
  • Una parte previsional, que corresponde a los aportes de jubilación y de obra social.

Al ser Monotributista podrás sintetizar en una sola cuota mensual el cumplimiento de tus obligaciones impositivas (ganancias e IVA) y de seguridad social (jubilación y obra social). 

Conocé mas sobre este régimen en: Aprende todo lo que necesitas saber de monotributo en 5 minutos

 

En el caso de que seas Monotributista y necesites tener empleados, es posible. Simplemente deberás inscribirte como empleador y empezar a ingresar los aportes y contribuciones de sus empleados a través del Régimen General de Empleadores de ARCA.

Recordá que siempre tus empleados deben estar en relación de dependencia y no como Monotributistas. 

 

¿Cuántos empleados puedo tener?

No hay una cantidad mínima ni máxima de empleados por categoría. Pero si decidís tener uno o más empleados, tene en cuenta que vas a tener que sumar este gasto a tu control mensual para no ser recategorizado de oficio o excluido del régimen de monotributo.

Acordate que una de las causales de exclusión es tener Gastos por encima de los ingresos brutos de la última categoría vigente.

¿Qué cantidad de gastos por encima de los ingresos?: un 80% en el caso de venta de productos, o un 40% por encima de los ingresos, cuando se trate de prestación de servicios.

 

Costos extras a contemplar

Inscribir a un empleado implica costos laborales. Depende de las particularidades de tu actividad, puede que tengas algún concepto extra a pagar, pero en líneas generales, los gastos a contemplar son:

  • El sueldo del empleado
  • Los aportes y contribuciones establecidas en el Régimen General de Seguridad Social de Empleadores

 

…en pocas palabras

Si bien ser empleador no es incompatible con ser monotributista, si notas que vas a necesitar muchos empelados para desarrollar tu actividad, probablemente el régimen adecuado para vos sea el régimen general o de responsable inscripto.

Esto es porque para poder sostener el costo de tener varios empleados en relación de dependencia, vas a necesitar un nivel de Ingresos que probablemente te deje fuera del limite de monotributo. 

Pymes: Como bajar los costos impositivos

Para muchos emprendedores los costos impositivos (impuestos) son un costo altísimo, conocé nuestros consejos para poder reducirlos, ¡aprovechando al máximo los beneficios vigentes!

Hacer tus declaraciones juradas en término

Cumplir con tus obligaciones de impuestos, hace que se eviten intereses, multas, sanciones por parte de la ARCA. Además, se suelen otorgar beneficios para contribuyentes cumplidores, lo cual implica bonificaciones en cuotas impositivas, reducciones de alícuotas de algunas retenciones, mas cuotas a la hora de solicitar plan de pagos, menor riesgo de inspección y requerimientos por parte de la ARCA.

Tip: Adherí tus cuotas fijas de impuestos al débito automático. La ARCA te restituye un porcentaje a aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones de impuestos a través del debito automático.  

 

Aprovecha los beneficios vigentes para reducir tus costos impositivos

En un país con constante cambio, resulta indispensable estar al día con las novedades para aprovechar los beneficios, uno de los mas comunes es el Certificado Mipyme.

Se solicita a través de la pagina de la ARCA y los beneficios más comunes suelen ser

  • Reducción de alícuotas para contribuciones patronales.

Si tenes empleados, te reducen un porcentaje de lo que aportas por ellos.

  • Beneficio de pago del IVA diferido a 90 días

Solicitando el certificado, vas a poder pagar tu impuesto de IVA a 90 días. Por lo general el vencimiento original suele ser al mes siguiente de realizada la factura.

  • Compensación del Impuesto a las Ganancias con el impuesto a los débitos y créditos.

Vas podes compensar tu impuesto a las ganancias (o parte de él) con el impuesto a los débitos y créditos, también llamado Impuesto al Cheque, que te efectúen en el banco.

  • Solicitar certificados de No retención

Siempre y cuando cumplas con los requisitos, vas a poder solicitarlos

 

Solicitar siempre tus facturas para reducir tus costos impositivos

Es importante que siempre que realices un gasto relacionado con tu actividad, pidas la factura, es la única manera de que puedas computarte el crédito fiscal.

 Conocé que gastos generan créditos fiscales es este posteo: IVA: ¿Me puedo computar el crédito fiscal de cualquier gasto?

Otro punto a tener en cuenta es conocer las deducciones que te podes descontar (además de las compras ordinarias de tu actividad). Esto permite que con tiempo vayas solicitando también las facturas y comprobantes respaldatorios por estos gastos, para que te lo puedas descontar al momento de las declaraciones juradas.

 

…en pocas palabras

Estos 3 tips te van a ayudar a bajar tus costos impositivos, de todas formas, es importante que averigües si hay algún otro beneficio que puedas aprovechar, de acuerdo a tu actividad en particular.

 

Leé tambien: Impuesto a las Ganancias: Tips para pagar menos

 

IVA: ¿Me puedo computar el crédito fiscal de cualquier gasto?

A la hora de realizar tu declaración jurada mensual de IVA, tenes que informar el débito fiscal, o sea el IVA de tus Ventas y le podes descontar el crédito fiscal, o sea el IVA de las Compras.

Conocé mas en: ¿Qué es el IVA? Claves que tenes que conocer para entenderlo muy fácil

Pero, ¿todos los gastos generan crédito fiscal computable? ¡No!

Si bien la deducción de gastos puede ahorrarte mucho dinero en impuestos, si cometes algún error o computas gastos que no corresponden es muy probable que tengas problemas con la ARCA. A raíz del computo de gastos inadecuados, la ARCA puede iniciarte una inspección lo cual, además de traerte dolores de cabeza, puede resultar en un elevado ajuste impositivo. Por lo tanto es importante conocer que gastos te podes descontar y cuales no de este impuesto para evitar cualquier tipo de inconveniente.

Como norma general, los gastos que generan crédito fiscal, son aquellos que están directamente relacionados con tu actividad comercial. No se deben descontar del IVA gastos personales que no tengan que ver con un emprendimiento o actividad independiente.

 

¿Cuáles son los requisitos para computarlo en mi Declaración Jurada de IVA?

  • Debes solicitar a tu proveedor la factura A a tu nombre. El Impuesto debe estar facturado y discriminado en la factura de compra.
  • La compra/gasto que genera el crédito fiscal debe estar relacionado a tu emprendimiento, actividad profesional o comercial independiente
  • El cómputo del crédito fiscal no podrá exceder al importe que surja de la aplicación de la alícuota correspondiente a la operación sobre la base imponible. ¡Cuidado si el proveedor se equivoca al facturar!
  • El proveedor que te factura, deberá ser responsable inscripto en el IVA. 

…Entonces si realizo una compra a un monotributista, ¿puedo utilizar esa factura como crédito fiscal? Las compras efectuadas a un monotributista no generan crédito fiscal.

 

Otros gastos exceptuados

Ademas de los requisitos mencionados anteriormente, existen gastos mencionados de manera explicita en la ley de IVA de los cuales que no se puede computar el crédito fiscal.

No se consideran vinculados con la actividad gravada y por lo tanto no generan crédito fiscal, los siguientes gastos:

  • Las compras en bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías y en general por quienes presten servicios de refrigerios, comidas o bebidas.
  • Los gastos de hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares.
  • Servicios prestados por piscinas de natación y gimnasios.
  • Gastos efectuados en peluquerías, salones de belleza y similares.
  • Efectuadas por playas de estacionamiento o garajes y similares.

 

…en pocas palabras

Si bien resulta atractivo solicitar la factura A por todos los gastos que realicemos, muchas veces el computo de créditos incorrectos te puede traer reclamos e inspecciones por parte de la ARCA . Conocer estas particularidades y respetar los límites, ¡reduce la posibilidad de que tengas problemas de este tipo!

Además de lo mencionado anteriormente, puede ser que tu actividad particular tenga algún requisito o beneficio extra en relación al cómputo de créditos para el IVA, ¡Informate bien para aprovechar todos los beneficios que te correspondan!