¿Sos Monotributista? Aprendé todo sobre facturación.

Si sos Monotributista en Argentina, en la gran mayoría de los casos, estas obligado a facturar tus ventas y los servicios que prestes. ¡Enterate de todo lo que tenes que saber para hacerlo de forma correcta!

Las facturas deben ser electrónicas. Se pueden hacer Online a través de la web de ARCA con tu CUIT y Clave Fiscal y sino, para mayor practicidad podés optar por un Software para facturar que se conecta con ARCA por un sistema de Webservice.

 

¿Qué tipo de factura debes emitir?

Las facturas que vas a emitir son FACTURAS TIPO C

  • No importa la categoria en la que estes inscripto.
  • No importa la condición de tu cliente.

Nota: Si sos profesional o prestas servicios, tenes la posibilidad de OPTAR entre emitir FACTURAS TIPO C o RECIBOS TIPO C, una vez que optes por un criterio… ¡recomendamos mantenerlo!

En la factura o recibo que emitas se va a ver reflejado el TOTAL FACTURADO.  

 

Notas de crédito, ¿qué son?

Si te equivocaste a la hora de hacer una factura, ¡no te preocupes! No es grave, pero tenes que anularla. Las facturas se anulan con NOTAS DE CRÉDITO.

Para anular una factura ya emitida, tenes que emitir una NOTA DE CRÉDITO al mismo cliente de la factura original, por el mismo importe y haciendo referencia a la factura que estas anulando. Una vez realizada, ¡emiti tu factura de nuevo de manera correcta!

Como las facturas son electrónicas, omitir este paso te puede traer perjuicios fiscales. Vas a tener ingresos facturados dos veces y puede ser que sin querer ¡pagues de más!   ¿Que datos necesito de mi cliente para poder emitir una factura? Los datos que obligatoriamente deben figurar de tu cliente son los siguientes

  • Apellido y nombre
  • Domicilio
  • CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

Puede que no necesites estos datos si cumplis con algunos requisitos. Aprendé mas en el siguiente posteo:  Facturación a Consumidor Final  

 

…en pocas palabras

Como Monotributista corresponde que emitas Facturas TIPO C. La facturación debe ser electrónica En el caso de que te equivoques, ¡no te olvides de anularla para evitar que se te duplique la facturación!

5 consejos que todo Responsable Inscripto debería conocer

Ser Responsable Inscripto puede asustar a veces. ¡Sobretodo una vez que te enteras de todas las obligaciones con las que tener que cumplir todos los meses y todos los años! Pero no te preocupes, estos 5 consejos te van a ayudar a que utilices al máximo los beneficios que se ofrecen hoy en día.

Aprendé mas sobre esta figura impositiva en: ¿Qué es ser Responsable Inscripto? Entendelo muy fácil y rápido.

 

¿Sos Responsable Inscripto? Acá van 5 consejos para maximizar tus beneficios

 

1. Pedí tus facturas de compra

Como Responsable Inscripto es importante que exijas tu factura al momento de la compra de algún bien o de la contratación de un servicio y que la misma esté a tu nombre. Sino, ¡No te vas a poder descontar ningún crédito fiscal!

Para poder emitirte la factura a tu nombre, el proveedor te va a pedir tu CUIT

Ojo: Muchas veces el proveedor emite una factura por tu compra pero no te la envía. Es importante que la pidas ya que la ARCA te va a pedir varios datos del comprobante emitido para que puedas utilizar los créditos fiscales.

 

2. Llevá el registro de tus compras y ventas de manera prolija

Otro de nuestros consejos es que lleves un registro completo de compras y de ventas. Esto te va a ser de utilidad a la hora de presentar tus declaraciones juradas de impuestos mensuales y anuales.

Esto al principio puede resultar muy sencillo. Pero en la medida en que tu negocio vaya creciendo probablemente tengas cada vez mas movimiento de compras y ventas ¡y se te haga mas difícil registrarlo! Para llevar el control y que no se te olvide computar ningún crédito, podes utilizar softwares contables que te ayudan a ordenar la documentación necesaria de acuerdo a lo que solicita la ARCA en sus declaraciones juradas.

 

3. Conocé los gastos y conceptos que, como responsable inscripto, podes deducir de los impuestos mensuales y anuales

No todos los gastos son deducibles de impuestos, para que los puedas computar deben ser necesarias para desarrollar tu actividad, o sea, para que obtengas ingresos y deben estar documentados con una factura para acreditar su existencia.

Además de los gastos y compras relacionados a tu actividad, hay otros conceptos que podes deducir en tus declaraciones juradas anuales las mas comunes suelen ser:

  • Cuota medico-asistencial y honorarios médicos
  • Prima de seguro de vida
  • Donaciones
  • Intereses Prestamos hipotecarios
  • Gastos de Sepelio
  • Si tenes una empelada domestica correctamente registrada

Tene en cuenta que por lo general cada una de las deducciones tiene sus requisitos y topes anuales para que te las puedas computar. Esto puede ir variando año a año. Si contas con alguno de estos gastos, ¡Infórmate bien sobre cuanto podes computar a cuenta de tus impuestos!  

 

4. De nuestros mejores consejos: Realizá las presentaciones y pagos en término

Realizar tus declaraciones juradas en término, además de ser lo establecido por la ley, te puede traer beneficios

  • Evitar multas, que dependiendo el impuesto, pueden ser de monto elevado
  • Reduce la posibilidad de que la ARCA pueda hacerte una investigación
  • Estar al día con tus impuestos, hace que las alícuotas de retenciones bancarias y de proveedores sean mas bajas, para que no pagues de más.

Además de realizar las declaraciones juradas en término, realizar también los pagos en término, hace que la ARCA califique a tu perfil como de “bajo riesgo” y esto te beneficia a la hora de querer hacer planes de pagos, otorgándote:

  • Mejores condiciones de financiación
  • Más cuotas
  • Más cantidad de planes para tener en simultaneo

 

5. Solicita tu certificado MiPyme

Todos los contribuyentes pueden solicitar el certificado MiPyme el cual les da diferentes beneficios de acuerdo con la actividad que desarrollen.

Uno de los beneficios mas usados es el pago del IVA diferido.

Este beneficio permite que puedas pagar tu IVA del mes a 90 días, cuando el vencimiento habitual suele ser al mes siguiente del mes en el que fue facturado.

Para que este beneficio no se caiga, tenes que respetar los vencimientos de las declaraciones juradas y realizar los pagos diferidos en término.

 

En resumen, tener en cuenta estos consejos te va a ayudar a que puedas aprovechar al máximo los beneficios que se ofrecen en la actualidad ¡y no pagar de mas! Además, puede ser que por tu actividad tengas algún beneficio extra. Informate bien sobre las particularidades de la actividad que desarrollas para aprovecharlo al máximo.

 

Monotributo: Exclusión de Oficio

Si sos un Monotributista y te encontrás en la última categoría tenes que hacer un control mensual para determinar el momento en el que te excedas el del Monotributo y asi evitar una exclusión.

Te va a corresponder pasar a Responsable Inscripto desde el mes inmediato siguiente al que te hayas excedido de la última categoría de monotributo vigente.

El control lo tenes que hacer de manera mensual, controlando siempre los últimos 12 meses

En el caso de te corresponda pasar a responsable inscripto y no lo hagas, la ARCA puede excluirte del régimen. La exclusión será retroactiva al mes en el que te excediste del monotributo. Esto vienen acompañado de sanciones y multas. La ARCA te va a reclamar además, IVA e Impuesto a las ganancias desde el mes en el que te correspondió cambiar y no lo hiciste.

 

¿Existen otras causales de exclusión?

Existen otras causales por las cuales la ARCA puede excluirte del Monotributo:

  • Si la suma de Ingresos brutos excede el limite vigente establecido por la categoría máxima disponible.
  • Que la superficie o costo de alquiler de locales u oficinas superen los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
  • Si se supera el precio máximo unitario de venta.
  • Que se adquieran bienes o realicen gastos personales por un valor superior a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima disponible.
  • En el caso que depósitos bancarios sean superiores a los ingresos brutos admitidos por la categoría máxima disponible.
  • Que se realicen importaciones de bienes o servicios durante los últimos 12 meses.
  • Quienes realicen mas de 3 actividades en simultaneo o se posean más de 3 unidades de explotación (locales).
  • Que se realicen prestaciones de servicios y la categorización haya sido por venta de productos.
  • Que el valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad durante los últimos 12 meses, sumen igual o más del 80% de los ingresos máximos de la ultima categoría, en el caso de venta de productos, o más del 40%, cuando se trate de prestación de servicios.

 

¿Cómo se si me excluyeron?

Las exclusiones pueden darse de dos maneras:

Por controles sistémicos: En este caso te envían una notificación a tu domicilio fiscal electrónico.

Por fiscalización presencial: Envían una notificación directamente a tu domicilio establecido como domicilio fisca en ARCA

Una vez recibida la notificación, existen dos alternativas

  • Aceptar la decisión de ARCA y regularizar lo que pide.
  • Apelar. En este caso hay que presentar una defensa demostrando y fundamentando con toda la documentación respaldatoria necesaria, que ha habido un error y no corresponde exclusión.

 

…en pocas palabras

Si la ARCA detecta irregularidades o diferencias puede recategorizarte de oficio o a excluirte de pleno derecho. Esto provocara la salida del Monotributo al Régimen General y te va a generar la obligación de comenzar a presentar y pagar IVA, Ganancias y los aportes jubilatorios de autónomos.

Acordate que es responsabilidad de cada contribuyente estar bien categorizado. En muchos casos las recategorizaciones y exclusiones de ARCA pueden causar una deuda retroactiva, desde el momento que ARCA procede a fijar la fecha de baja del régimen.

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Retenciones y Percepciones: Qué tenes que saber.

¿Sufriste retenciones y percepciones de impuestos? Seguramente notaste que muchas veces los bancos, las plataformas digitales y hasta a veces nuestros proveedores y clientes nos las efectúan. ¡Enterate que es lo que esta pasando!

Si ya estas inscripto hace un tiempo, puede ser que hayas notado que, en algunas oportunidades, en tus facturas de compra aparece un concepto diferente denominado percepción o que al momento de recibir una cobranza sufrís retenciones, es decir “cobras menos” o el banco o plataforma de ventas te descuenta un porcentaje al momento de recibir acreditaciones en tu cuenta…

 

Percepciones/retenciones… ¿Te pasó? Seguí leyendo y descubrí que es lo que pasa

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o pagos. Estos agentes son designados por las diferentes provincias.

 

¿Cómo funcionan las retenciones y percepciones?

El momento de tus compras, vas a ver un importe extra en concepto de percepción o al momento de tus cobranzas veras un descuento en concepto de retención. Los agentes deben informar estas retenciones y percepciones a los distintos organismos de control.

 

Percepciones

Son conceptos extras que cobran los agentes de percepción en sus facturas y vos los vas a ver como un concepto a parte cuando te entreguen tu factura de compra.

El monto que te perciban puede ser un porcentaje fijo o un porcentaje variable, esto va a depender de lo establecido en los distintos códigos fiscales o leyes, provinciales o nacionales, depende del impuesto que se trate.

El agente de percepción va a informar el monto de esa percepción efectuada en tu nombre, y así vos te la vas a poder descontar de impuestos.

 

Retenciones

 Al momento de cobrar tus ventas o tus servicios, puede ser que cobres menos que el precio de venta porque tu cliente te retuvo un porcentaje al momento del pago. O bien porque el banco o la plataforma de ventas que utilices te descuenta un porcentaje en concepto de retención, al momento de recibir la acreditación del pago de tu cliente.

El monto que te retengan puede ser un porcentaje fijo o un porcentaje variable, esto va a depender de lo establecido en los distintos códigos fiscales o leyes, provinciales o nacionales, depende del impuesto que se trate.

El agente de retención va a informar el monto de esa percepción efectuada en tu nombre, y así vos te la vas a poder descontar de impuestos.

 

¿Es plata que se puede recuperar?

Si observas con atención la descripción de las percepciones y retenciones que sufriste vas a ver que están relacionadas a algún impuesto en particular. Pueden ser percepciones o retenciones de Ingresos Brutos, de IVA, de Ganancias. Vos como contribuyente vas a poder descontarte esas retenciones y percepciones del impuesto que correspondan.

No se pueden descontar de otro impuesto que no sea al que corresponden. Es decir, no puedo descontar de IVA, una percepción o retención de ingresos brutos.

Al momento de realizar tu declaración jurada mensual, te va a dar un impuesto determinado y vas a poder descontarte las retenciones y pagar la diferencia que surja una vez ya computados todos estos créditos extras.

 

¿Qué pasa si me hacen mas retenciones y percepciones que el impuesto a pagar?

En el caso de que en un mes tus retenciones hayan sido muy altas y sean mas que el impuesto determinado, no vas a tener que pagar impuesto ese mes y el saldo extra que te haya quedado lo vas a poder computar al mes siguiente.

Te puede interesar: Retenciones ¿Indebidas? Conocé si te corresponden en esta nota.

 

…en pocas palabras

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener y/o percibir a sus clientes al momento de sus compras o pagos. ¡Pero no es plata que se pierde! Vos como contribuyente vas a poder descontarte esas retenciones y percepciones del impuesto que correspondan.

Es importante que lleves registro de tus compras y retenciones para no omitir el cómputo de esos conceptos ya que no tenerlos en cuenta va a implicar que pagues impuestos de más.

Si te practicaron retenciones indebidas este post te puede interesar: Me retuvieron IVA y Ganancias y no estoy inscripto

Pymes: Como bajar los costos impositivos

Para muchos emprendedores los costos impositivos (impuestos) son un costo altísimo, conocé nuestros consejos para poder reducirlos, ¡aprovechando al máximo los beneficios vigentes!

Hacer tus declaraciones juradas en término

Cumplir con tus obligaciones de impuestos, hace que se eviten intereses, multas, sanciones por parte de la ARCA. Además, se suelen otorgar beneficios para contribuyentes cumplidores, lo cual implica bonificaciones en cuotas impositivas, reducciones de alícuotas de algunas retenciones, mas cuotas a la hora de solicitar plan de pagos, menor riesgo de inspección y requerimientos por parte de la ARCA.

Tip: Adherí tus cuotas fijas de impuestos al débito automático. La ARCA te restituye un porcentaje a aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones de impuestos a través del debito automático.  

 

Aprovecha los beneficios vigentes para reducir tus costos impositivos

En un país con constante cambio, resulta indispensable estar al día con las novedades para aprovechar los beneficios, uno de los mas comunes es el Certificado Mipyme.

Se solicita a través de la pagina de la ARCA y los beneficios más comunes suelen ser

  • Reducción de alícuotas para contribuciones patronales.

Si tenes empleados, te reducen un porcentaje de lo que aportas por ellos.

  • Beneficio de pago del IVA diferido a 90 días

Solicitando el certificado, vas a poder pagar tu impuesto de IVA a 90 días. Por lo general el vencimiento original suele ser al mes siguiente de realizada la factura.

  • Compensación del Impuesto a las Ganancias con el impuesto a los débitos y créditos.

Vas podes compensar tu impuesto a las ganancias (o parte de él) con el impuesto a los débitos y créditos, también llamado Impuesto al Cheque, que te efectúen en el banco.

  • Solicitar certificados de No retención

Siempre y cuando cumplas con los requisitos, vas a poder solicitarlos

 

Solicitar siempre tus facturas para reducir tus costos impositivos

Es importante que siempre que realices un gasto relacionado con tu actividad, pidas la factura, es la única manera de que puedas computarte el crédito fiscal.

 Conocé que gastos generan créditos fiscales es este posteo: IVA: ¿Me puedo computar el crédito fiscal de cualquier gasto?

Otro punto a tener en cuenta es conocer las deducciones que te podes descontar (además de las compras ordinarias de tu actividad). Esto permite que con tiempo vayas solicitando también las facturas y comprobantes respaldatorios por estos gastos, para que te lo puedas descontar al momento de las declaraciones juradas.

 

…en pocas palabras

Estos 3 tips te van a ayudar a bajar tus costos impositivos, de todas formas, es importante que averigües si hay algún otro beneficio que puedas aprovechar, de acuerdo a tu actividad en particular.

 

Leé tambien: Impuesto a las Ganancias: Tips para pagar menos

 

IVA: ¿Me puedo computar el crédito fiscal de cualquier gasto?

A la hora de realizar tu declaración jurada mensual de IVA, tenes que informar el débito fiscal, o sea el IVA de tus Ventas y le podes descontar el crédito fiscal, o sea el IVA de las Compras.

Conocé mas en: ¿Qué es el IVA? Claves que tenes que conocer para entenderlo muy fácil

Pero, ¿todos los gastos generan crédito fiscal computable? ¡No!

Si bien la deducción de gastos puede ahorrarte mucho dinero en impuestos, si cometes algún error o computas gastos que no corresponden es muy probable que tengas problemas con la ARCA. A raíz del computo de gastos inadecuados, la ARCA puede iniciarte una inspección lo cual, además de traerte dolores de cabeza, puede resultar en un elevado ajuste impositivo. Por lo tanto es importante conocer que gastos te podes descontar y cuales no de este impuesto para evitar cualquier tipo de inconveniente.

Como norma general, los gastos que generan crédito fiscal, son aquellos que están directamente relacionados con tu actividad comercial. No se deben descontar del IVA gastos personales que no tengan que ver con un emprendimiento o actividad independiente.

 

¿Cuáles son los requisitos para computarlo en mi Declaración Jurada de IVA?

  • Debes solicitar a tu proveedor la factura A a tu nombre. El Impuesto debe estar facturado y discriminado en la factura de compra.
  • La compra/gasto que genera el crédito fiscal debe estar relacionado a tu emprendimiento, actividad profesional o comercial independiente
  • El cómputo del crédito fiscal no podrá exceder al importe que surja de la aplicación de la alícuota correspondiente a la operación sobre la base imponible. ¡Cuidado si el proveedor se equivoca al facturar!
  • El proveedor que te factura, deberá ser responsable inscripto en el IVA. 

…Entonces si realizo una compra a un monotributista, ¿puedo utilizar esa factura como crédito fiscal? Las compras efectuadas a un monotributista no generan crédito fiscal.

 

Otros gastos exceptuados

Ademas de los requisitos mencionados anteriormente, existen gastos mencionados de manera explicita en la ley de IVA de los cuales que no se puede computar el crédito fiscal.

No se consideran vinculados con la actividad gravada y por lo tanto no generan crédito fiscal, los siguientes gastos:

  • Las compras en bares, restaurantes, cantinas, salones de té, confiterías y en general por quienes presten servicios de refrigerios, comidas o bebidas.
  • Los gastos de hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares.
  • Servicios prestados por piscinas de natación y gimnasios.
  • Gastos efectuados en peluquerías, salones de belleza y similares.
  • Efectuadas por playas de estacionamiento o garajes y similares.

 

…en pocas palabras

Si bien resulta atractivo solicitar la factura A por todos los gastos que realicemos, muchas veces el computo de créditos incorrectos te puede traer reclamos e inspecciones por parte de la ARCA . Conocer estas particularidades y respetar los límites, ¡reduce la posibilidad de que tengas problemas de este tipo!

Además de lo mencionado anteriormente, puede ser que tu actividad particular tenga algún requisito o beneficio extra en relación al cómputo de créditos para el IVA, ¡Informate bien para aprovechar todos los beneficios que te correspondan!

Ingresos Brutos: Todo sobre Convenio Multilateral.

Una duda muy común entre quienes trabajan de manera independiente es ¿Qué es el convenio multilateral? ¿Cuándo me corresponde pagarlo?

El Convenio Multilateral es nada mas (y nada menos) que una forma mas de pagar ingresos brutos

Se trata de un acuerdo impositivo entre todas las provincias y facilita a quienes trabajan en más de una jurisdicción a la hora de pagar ingresos brutos. Con una sola declaración jurada y un solo pago mensual, estas pagando ingresos brutos en todas las provincias en las que estes inscripto.

¡Enterate en que situaciones debes adherirte!

 

¿Qué es el Convenio multilateral?

Cuando hablamos de Convenio Multilateral, nos referimos a Ingresos brutos. Deben adherirse quienes realicen su actividad en mas de una jurisdicción. Si solamente trabajas en una jurisdicción, corresponde que te inscribas directamente en Ingresos brutos de esa provincia.

Corresponde que te inscribas si:

  • El proceso industrial de tu actividad se encuentra en una Jurisdicción y lo comercializas en otra.
  • Si tu actividad tiene sede principal en una provincia, pero realizas compras o ventas en otra.
  • Cuando el proceso industrial y de comercialización se encuentran en una jurisdicción pero la administración se desarrolla en otra.
  • Si tu actividad tiene sede principal en una provincia, pero se realizan prestaciones de servicios u operaciones con personas o bienes que se encuentren en otra jurisdicción.

 

¿Cómo cumplo con este impuesto?

Si desarrollas tu actividad en mas de una jurisidicción, para cumplir con la obligación de pagar Ingresos Brutos, tenes que inscribirte en Convenio Multilateral, en todas las jurisdicciones en las que trabajes.

Mes a mes tenes que hacer la declaración jurada mensual y pagar el impuesto que surja. El monto a pagar va a depender de tu actividad y de las jurisdicciones en las que te inscribas ya que cada provincia tiene su codigo fiscal.

Es decir que vas a pagar lo que corresponda por tu actividad en cada jurisdicción. La alícuota la vas a poder ver en el código fiscal de cada provincia.

Es por esto que la liquidación de Ingresos Brutos Convenio Multilateral suele resultar compleja, debido a la variedad de conceptos y criterios al momento de calcular el impuesto. Recomendamos que te asesores con especialistas en la materia para evitarte inconvenientes.

 

…en pocas palabras

Si sos Monotributista o Responsable Inscripto y desarrollas tu actividad en mas de una provincia, te corresponde inscribirte en Convenio Multilateral, en todas las jurisdicciones en las que trabajes. Esta es la manera de cumplir con este impuesto.

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5 consejos que todo Monotributista debería conocer

Si sos Monotributista, acá tenes 5 claves que no podes no conocer para aprovechar al máximo los beneficios de tu monotributo y no tener ningún problema con los organismos recaudadores de impuesto.

 

1- Facturá tus ventas

No te olvides de facturar tus ventas y tus servicios. ¡Sobre todo si lo cobras por medios electrónicos! Recordá que tanto los bancos, plataformas digitales y las tarjetas de crédito son agentes de información, esto quiere decir que en cualquier momento le pueden informar a la ARCA que estas teniendo acreditaciones electrónicas. Por lo tanto si te olvidas de facturar, ¡podes tener un problema!

Las facturas las podes emitir directamente por la web de ARCA. En el caso de que tengas un local y realices ventas masivas, podes optar por un controlador fiscal o un sistema de webservice para que no tengas que ingresar todo el tiempo a la página de ARCA a hacer las facturas.

Aprendé todo sobre facturación en este post

 

2- Inscribite en Ingresos Brutos

Es obligatoria la inscripción en ingresos brutos junto con la inscripción en ARCA como Monotributista. Ingresos brutos es un impuesto provincial, en el cual se paga un porcentaje % de lo facturado.

Hay muchas jurisdicciones que ya se han adherido al monotributo unificado, lo cual implica que, junto con la cuota del monotributo, se paga un importe “extra” en concepto de ingresos brutos.

Pero hay otras jurisdicciones que no forman parte de la unificación aun, por lo tanto debes hacer el alta de ingresos brutos, aparte.

También lo debes hacer aparte si prestas servicios en más de una jurisdicción ya que se tributa distinto.

¡Chequea tu condición con ingresos brutos y que estés tributándolo correctamente para evitar problemas en el futuro!

 

3- Pagá tu cuota de Monotributista en término

La cuota del monotributo vence el día 20 de cada mes o día hábil subsiguiente, recordá pagarlo en término para evitar intereses.

Algunas alternativas de pago son las siguientes:

  • A través de un VEP (volante electrónico de pago)
  • A través de una tarjeta de crédito.
  • A través de plataformas digitales
  • En efectivo

Recorda que si no pagas por 10 meses consecutivos la ARCA te da de baja de oficio y no vas a poder volver a inscribirte hasta que regularices la totalidad de tu deuda.

Tip: Si te adherís al débito automático, y pagas todas tus cuotas en término, transcurrido un año, la ARCA te devuelve lo equivalente al importe de un mes del Impuesto Integrado Mensual de tu categoría. Por lo tanto, si tenes esta posibilidad ¡No lo dudes!

 

4- Cuidá tu precio unitario de venta

Si vendes bienes, recorda que existe un precio límite unitario de venta.

Prestá atención a que no estes excediendo el mismo, porque si la ARCA te detecta, te excluye automáticamente del Régimen del Monotributo. ¡Y no podes volver a ser monotributista hasta transcurridos 3 años!

SI vendés productos, el precio máximo por unidad no puede superar lo establecido por ARCA.

Si prestas servicios, ¡no aplica para vos ese límite!

 

5- Como Monotributista tenes que Recategorizarte

Como monotributista, acordate que es obligatorio que semestralmente analices los parámetros del monotributo y, si te corresponde, ¡cambies de categoría!

Los periodos de recategorización son en los meses de enero y julio, y en ese momento tenes que evaluar tu actividad de los últimos 12 meses, si excedes el límite de tu categoría actual, o por el contrario, podrías bajar de categoría, tenes que entrar a la pagina con tu Clave Fiscal para recategorizarte.

Si no lo haces se entiende que no hubo cambios y quedas en la misma categoría.

Si te correspondió subir de categoría y no lo hiciste, la ARCA lo puede detectar y recategorizarte de oficio te va a sancionar con multas y reclamándote la diferencia de impuesto que te correspondía pagar más sus intereses.

 

Cuidando estos 5 detalles reducís al mínimo los problemas que podes llegar a tener con los organismos de control. ¡Tenelos en cuenta!

Recategorizacion Monotributo Enero 2025

Enero es mes de Recategorización. Pero esto… ¿Qué significa? Aprendelo todo sobre la recategorización Enero 2025 en esta nota.

Una de las obligaciones que tienen los Monotributistas en Recategorizarse cada 6 meses. Esto implica que hay que analizar nuestra actividad de los últimos 12 meses y ver si corresponde subir o bajar de categoría.

En el caso de que te corresponda cambiar de categoría el plazo para hacerlo es hasta el 05 de Febrero del 2025 y el periodo a analizar es desde el 01/01/2024 al 31/12/2024.

 

¿Quiénes tienen que cumplir con la recategorización?

En los periodos de recategorización, todos los Monotributistas tienen que analizar los parámetros para ver si les corresponde cambiar de categoría, pero no todos están obligados a hacer el trámite web:

No estás obligado a cumplir con el trámite de recategorización:

  • Si te corresponde permanecer en la misma categoría
  • Si iniciaste actividad hace poco y todavía no se cumplieron 6 meses desde que empezaste.

 

¿Qué variables tengo que analizar para esta recategorización de Enero 2025?

Las variables a analizar dependen de como sea tu actividad.

Como norma general, siempre vas a tener que analizar tu facturación de los últimos 12 meses. Con esa sumatoria vas a ver en que categoría quedas encuadrado.

Si alquilas local u oficina para ejercer tu actividad, además vas a tener que analizar los siguientes parámetros

  • Monto pagado de alquiler
  • Energía eléctrica consumida
  • Superficie (en Metros cuadrados) afectada a la actividad.

Con estos datos y tu facturación, hay que analizar con la tabla a ver qué parámetro te da la categoría más alta y esa es la que te corresponde para los próximos 6 meses, luego toca otra recategorización y se analizan los parámetros nuevamente

Consultá la tabla vigente haciendo click acá

 

¿Qué pasa si supero los parámetros de mi categoría de Monotributo para esta recategorización de Enero 2025?

En ese caso, en los periodos de recategorización se modifica la categoría por la que corresponda. Podes subir o bajar de categoría.

 

¿Qué pasa si supero los parámetros de la última categoría de Monotributo?

Si superas los parámetros de la última categoría del monotributo quedas fuera del régimen. Vas a tener que pasarte a Responsable inscripto lo cual implica otras obligaciones. Tené en cuenta que esto puede pasarte en cualquier momento del año, más allá de los periodos de recategorización. Para permanecer en el régimen, tenes que estar siempre dentro de los parámetros vigentes.

 

¿Qué pasa si no me recategorizo?

La recategorización es un trámite manual. Esto quiere decir que debe ser realizado por el contribuyente dentro del plazo que establece la ley. No hacerlo puede implicar que la ARCA te recategorice de oficio, lo cual puede venir acompañado de multas y sanciones por incumplimientos e intereses por los impuestos omitidos.

Te puede intersar: Monotributistas y Recategorización: ¿Qué pasa si no me recategorizo? 

 

…en pocas palabras

¡No te olvides de recategorizarte! Las recategorizaciones son cada 6 meses, por lo general entre el 1 y el 20 de enero y entre el 1 y el 20 de julio. El trámite de recategorización es 100% digital, por lo tanto, es super fácil, y lo podés hacer en cualquier momento del periodo de recategorización.