Todo sobre Ingresos Brutos en 3 minutos

Respondemos en estes posteo las preguntas frecuentes de Ingresos Brutos. ¡Sacate todas tus dudas!

¿Qué es el impuesto sobre los Ingresos Brutos?

Ingresos brutos es un impuesto que le corresponde a las actividades independientes o comerciales que consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio sin importar su ganancia.

Consultá todo sobre este impuesto en: ¿Qué es Ingresos Brutos? ¿Cómo se si me tengo que inscribir?

 

¿Quiénes tienen que inscribirse en Ingresos brutos?

Se trata de un impuesto obligatorio y cualquier persona que realice una actividad económica, ya sea como Monotributista o como Autónomo, debe pagar Ingresos Brutos. Tu inscripción va a depender principalmente de dónde realices tu actividad.

 

¿Cómo cumplo con esta obligación?

Por lo general el impuesto mensual surge de una declaración jurada que hay que realizar. No hacerlo trae aparejado multas y sanciones.

Puede ser que también puedas dar cumplimiento al mismo a través de una cuota mensual fija.

El régimen que te corresponda va a depender de tu actividad y de donde, o sea, en qué provincia(s) o jurisdicción(es) la realices.

 

¿Qué es una declaración jurada mensual?

Es una presentación donde se le informa a la jurisdicción que corrsponda todos tus datos mensuales. Una vez finalizada, surge tu impuesto a pagar. Se realiza todos los meses, tengas o no movimiento comercial.

 

¿Como se calcula?

El impuesto es un porcentaje de tu facturación neta. Por lo tanto, para calcularlo debes multiplicar tu facturación del mes por la alícuota que te corresponda.

 

¿Qué alícuota me corresponde?

Las alícuotas se establecen de acuerdo con la jurisdicción (es decir provincia) donde trabajes y la actividad que tengas. Cada jurisdicción determina las alícuotas para las distintas actividades

 

¿Cómo me tengo que inscribir? ¿Cómo sé que régimen me corresponde?

Si ejerces tu actividad en una sola jurisdicción, la inscripción se realiza en el Impuesto a los Ingresos Brutos de esa provincia. Ahora si tu actividad la realizas en mas de una jurisdicción o provincia (por ejemplo, si vendes a todo el país), la inscripción que te corresponderá es la de convenio multilateral.

 

¿Qué pasa si trabajo en más de una provincia o jurisdicción?

En ese caso corresponde que te inscribas en Convenio Multilateral, con todas las jurisdicciones en las que trabajas para poder tributar en diferentes provincias.

Conocé mas sobre este régimen en: Ingresos Brutos: Todo sobre Convenio Multilateral.

 

¿Qué pasa si un mes no facturo? ¿Tengo que pagar igual?

Va a depender de la o las jurisdicciones en las que estes inscripto, hay jurisdicciones que tienen impuesto mínimo y otras que no. De todas formas, siempre se debe presentar la declaración jurada mensual, aunque sea sin movimientos

 

¿Existen excepciones para el pago de este impuesto?

Si, eso lo establece cada provincia en su Código Fiscal (norma). Hay actividades que están exentas de ingresos brutos. Pero ojo si realizas tu actividad en varias provincias, puede estar exenta en una jurisdicción o provincia y en otra no.

 

Me hicieron descuentos por percepciones ¿Qué es eso?

Por estar inscripto en el impuesto, puede que re realicen percepciones o retenciones de ingresos brutos.  Todos esos conceptos se pueden tomar como pago a cuenta del impuesto al momento de hacer tu declaración jurada mensual.

 

…en pocas palabras 

Ingresos Brutos es un Impuesto Provincial, no tiene nada que ver con Monotributo pero es igualmente obligatorio. Analiza tu situación, conocé como corresponde que pagues este impuesto y evitá problemas futuros. 

ARCA: ¿Qué es la Agencia de Recaudación y Control Aduanero?

Se creó ARCA, ¿Qué singnifica? Te contamos todo en esta nota.

En las últimas semanas podés haber leído noticias que indican que “se eliminó la AFIP”, pero esto… ¿es realmente así?

Con el Decreto 953/2024 se decidió disolver a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) y crear ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero).

¿Pero qué es entonces ARCA? Básicamente ARCA es la continuación de la AFIP y, por lo tanto, se encuentra a cargo de la recaudación de impuestos, del control del cumplimiento de las presentaciones juradas, y demás obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional. Tal cual lo hacía AFIP antes del decreto.

 

Entonces… ¿Qué cosas no cambian con la creación de ARCA?

  • Inscripción: No necesitas hacer ningún trámite nuevo ni revalidar la información que ya registraste en AFIP.
  • CUIT y Clave Fiscal: Vas a seguir usando la misma CUIT y Clave Fiscal para acceder al sitio web de ARCA y realizar todos tus trámites habituales.
  • Domicilio Fiscal Electrónico: El domicilio fiscal que ya tenías constituido va a seguir vigente.
  • Turnos: Si tenías un turno asignado en una oficina de AFIP, no te preocupes: sigue válido y vas a ser atendido en la misma sede.
  • Vencimientos: Las fechas para pagar impuestos y presentar declaraciones juradas no sufren modificaciones.
  • Facturación: Los sistemas de facturación que venías utilizando siguen igual.
  • Trámites en curso: Todo trámite iniciado antes de la creación de ARCA va a seguir su curso sin interrupciones.
  • Beneficios fiscales: Las exenciones y beneficios fiscales que tengas van a seguir aplicándose sin cambios.
  • Planes de pago: Si tenías un plan de facilidades de pago vigente, continuará tal como estaba.
  • Ejecuciones fiscales: Los procesos de ejecución en trámite continuarán bajo las mismas condiciones.
  • Infracciones y denuncias: Las infracciones, sumarios iniciados o denuncias penales/tributarias en trámite no se ven afectados.
  • Trámites aduaneros: Todo lo relacionado con trámites aduaneros seguirá funcionando como hasta ahora.

 

…en pocas palabras

¿Se disolvió o no se disolvió AFIP? Con el Decreto 953/2024 se decidió disolver a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) pero crear ARCA (la Agencia de Recaudación y Control Aduanero). ARCA es la continuación de AFIP y se va a encargar de todo lo que antes se encargaba AFIP como por ejemplo la recaudación de impuestos y el control de obligaciones tributarias.

¿Queres estar al día con ARCA (Ex AFIP)? Conocé taxmotor

Retenciones ¿Indebidas? Conocé si te corresponden o no

Si estas ejercicio una actividad comercial y estas utilizando o cobrando a través de plataformas digites y/o bancos tradicionales, puede que hayas notado que estas entidades te hacen retenciones a cuenta de diferentes impuestos.

 

¿Es correcto que me retengan?

La respuesta es Si.

 

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o de recibir los pagos por sus ventas. Estos agentes son designados por las diferentes provincias.

Tanto las plataformas digitales como los bancos tradicionales son agentes de retención y de información, esto implica que tienen la obligación de realizar retenciones de acuerdo con la ley vigente.

 

Pero no te preocupes, no es plata que se pierde…

Estas retenciones se toman como pago a cuenta de impuestos, por lo tanto, no es plata que se pierde, simplemente te lo retienen de manera anticipada y se toman como un pago a cuenta del impuesto que corresponda. Vos al momento de tu declaración jurada mensual o anual, te lo vas a poder computar como crédito.

Conocé mas sobre retenciones y percepciones en esta nota: Todo sobre retenciones y percepciones de impuestos

 

Me hicieron retenciones de Impuestos que no me corresponden ¿Qué hago?

Los agentes de retención tienen la obligación de retenerte de acuerdo con la ley vigente.

Si estas inscripto correctamente y te retuvieron a cuenta de un impuesto que no re corresponde (Por ejemplo, si sos Monotributista y te retuvieron a cuenta de IVA o Ganancias), probablemente el problema sea que el banco o la plataforma digital, no conoce tu situación fiscal, por lo tanto, tenes que informarsela para revertir el problema.

Si no estas inscripto correctamente, estos agentes, al detectar tu actividad comercial, comienzan a realizarte retenciones como no inscripto. Esto quiere decir que como no encuentran tu CUIT inscripto en ningún padrón de la ARCA, te empiezan a retener a cuenta de todos los impuestos, con las alícuotas mas altas posibles, que son las que les corresponden a los no inscriptos.

Para revertir esta situación, deberías inscribirte ante ARCA de la manera que te corresponda. Ordenando tu situación fiscal vas a dejar de sufrir retenciones indebidas.

Te puede interesar: Retenciones y Percepciones: Qué tenes que saber.

 

…en pocas palabras

Hay empresas que están obligadas a actuar como agentes de retención y de percepción, por lo tanto, tienen la obligación de retener o percibir a sus clientes al momento de sus compras o de recibir los pagos por sus ventas.

Si notas que te hicieron retenciones que no corresponden y estas correctamente inscripto, probablemente solo tengas que informarle al agente de retención tu condición fiscal. Si no estas inscripto, inscribite para revertir la situación

Asesorate con nuestra herramienta para inscribirte maximizando tus beneficios

¿Qué es ser Responsable Inscripto? Entendelo acá.

Responsable inscripto es una de las figuras impositivas que existen en el país, que a diferencia del monotributo en donde se paga una cuota fija mensual, cuando sos Responsable Inscripto, tenes que presentar tus impuestos a traves de declaraciones juradas mensuales y anuales y pagar lo que surja de esas declaraciones juradas.

En general, te va a corresponder inscribirte como Responsable Inscripto, cuando por tu trabajo independiente o comercial superes los límites del monotributo.

 

¿Cuáles son mis obligaciones como Responsable Inscripto?

Un responsable inscripto tiene la obligación de:

  • Presentar IVA (Impuesto al valor agregado) de forma mensual
  • Presentar IMPUESTO A LAS GANANCIAS de forma anual
  • Aportar a AUTÓNOMOS forma mensual (jubilación)
  • De acuerdo con la actividad que desarrolle también te puede corresponder presentar Ingresos Brutos de forma mensual.

La figura del Responsable Inscripto requiere otro tipo de organización. Es necesario tener la documentación e información necesaria de compras, ventas y gastos de manera ordenada para poder hacer las declaraciones juradas mensuales y anuales.  

 

¿Cómo identificar si soy responsable inscripto? ¿ Es opcional?

Si bien son muchas las variables que hay que tener en cuenta, la más común es la facturación anual estimada. Si tu proyección de facturación anual SUPERA el límite de la última categoría de monotributo, corresponderá si o sí que tu inscripción sea bajo el régimen de responsable inscripto.

Recordá que: Para poder permanecer en el monotributo, no debes superar ninguna de las variables de la tabla (M2 afectados a la actividad, Monto de alquileres, Energía eléctrica consumida)

Si te encontras por debajo de este límite de Monotributo, podrás elegir entre ser Responsable Inscripto o Monotributo analizando otras variables para determinar que es lo que te conviene de acuerdo con las particularidades de tu negocio.

Siempre que superes los parámetros del monotributo, la figura que te corresponde es la de Responsable Inscripto.

 

¿Cuánto voy a pagar?

Este régimen se diferencia del monotributo por no contar con una cuota fija mensual, el monto a pagar en concepto de impuestos dependerá de tus ingresos y egresos mensuales. Por lo tanto, ¡es difícil de proyectar!

Para que tengas en cuenta, los impuestos involucrados son:

  • IVA – Impuesto al valor agregado
    • El responsable inscripto debe pagar mes a mes a la ARCA un porcentaje de su facturación en concepto de IVA. La tasa general es del 21% , pero también existen otras alícuotas mas bajas y mas altas dependiendo de la actividad que sea.

¡Tene en cuenta que tenes que pagar este impuesto a la ARCA a la hora de establecer tus precios de venta y el valor de tus servicios!

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada mensual ante ARCA

 

  • Impuesto a las Ganancias
    • Es un impuesto anual que se paga en base a tus resultados, es decir, tus ingresos menos tus gastos.

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada anual ante ARCA

 

  • Autónomos:
    • Al tratarse de personas físicas, también se requiere inscripción en autónomos para el pago de la jubilación. Este monto es variable en relación a tus ingresos.

El aporte se hace de manera mensual, por medio de VEP o sino también lo podes adherir al débito automático

 

  • Ingresos brutos:
    • De acuerdo a la actividad que sea, puede ser que también te corresponda inscripción en ingresos brutos.

Ingresos brutos es un porcentaje de lo facturado. La alícuota dependerá de tu actividad y de la o las jurisdicciones en las que trabajes.

 

…en pocas palabras

Ser responsable inscripto lleva aparejado una serie de obligaciones mensuales y anuales las cuales tenes que cumplir mientras estés inscripto, factures o no factures.

Las declaraciones juradas obligatorias requieren que cuentes con tu información mensual de compras, ventas y gastos organizada de manera prolija. Por esta razón podrías optar por contar con ayuda en la materia, para que tu información mensual este organizada de manera prolija para poder hacer tus presentaciones de impuestos de manera mas eficiente.

No te pierdas tambien: 5 consejos que todo Responsable Inscripto debería conocer

 

Autónomos: ¿Qué es ser un trabajador independiente?

Un trabajador independiente debe en la gran mayoría de los casos, aportar a autónomos. Conocé qué implica en este post.

Un trabajador autónomo o independiente, es aquel que realiza una actividad económica, de forma habitual, sin contrato de trabajo. Si este es tu caso, y por alguna razón estas fuera del limite del Monotributo, esto implica que estás incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA.

Además de todas las obligaciones impositivas que tenes por ser responsable inscripto, una de tus obligaciones será aportar a autónomos. Estos son básicamente: tus aportes jubilatorios.

 

Si no conoces el resto de tus obligaciones como responsable inscripto, no te pierdas nuestro post: ¿Qué es ser Responsable Inscripto?

 

Al no tener empleador, los aportes los tenes que realizar vos por tu cuenta, y ¡Si! Son obligatorios. No aportar a autónomos, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar. Es importante realizar los pagos de aportes mes a mes, ya que en el caso en que se haga fuera de término, los intereses generados producirán una deuda, que deberá saldarse antes de solicitar la jubilación. 

 

Pago de Autónomos: ¿Cuánto y cuando tengo que pagar?

El monto a pagar es mensual y es determinado en base a tu categoría de autónomos. Tu categoría va a depender de la actividad que realices y en algunos casos también los ingresos brutos anuales que percibas.

El vencimiento sueles ser entre el 5 y 7 de cada mes, (o día hábil subsiguiente) de acuerdo a la terminación de tu cuit.

 

¿Cuáles son las modalidades de pago?

Las modalidades aceptadas por la ARCA son:

  1. A través de un VEP (Volante electrónico de pagos)
  2. Debito automático en tarjeta de crédito
  3. Debito directo en cuenta bancaria
  4. Mediante la utilización de la “Billetera electrónica ARCA”
  5. Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por la ARCA

En caso de ya ser jubilado y continuar desarrollando mi actividad independiente ¿corresponde abonar autónomos?

Si, en caso de ser jubilado y continuar desarrollando tu actividad independiente, tenes que seguir aportando autónomos, encuadrado en la categoría mínima vigente.

 

…en pocas palabras

Si sos un trabajador independiente y te encontras incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA, debes aportar a Autónomos. No aportar a autónomos, además de estar incumpliendo con la normativa, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar.

Conocé como inscribirte con nuestra herramienta.

Multas y sanciones: ¿Qué pasa si no presento mis declaraciones juradas?

Es fundamental cumplir con la presentación de declaraciones juradas a tiempo. La falta de presentación puede resultar en sanciones económicas (multas) que es importante conocer para evitar complicaciones futuras.

En este artículo, te contamos sobre las multas aplicadas por la AFIP y los organismos provinciales, y el proceso que sigue a una omisión.

 

Si tenes la obligación de presentar declaraciones juradas y no lo haces a tiempo, vas a recibir una multa. Esta multa la establece el organismo ante el cual debes presentar el impuesto. Por ejemplo, en el caso de la AFIP, la multa es de $200 y se aplica automáticamente. Para las empresas, la multa será de $400.

En el caso de Ingresos Brutos, cada provincia determina el monto de la multa. Si estás en Convenio Multilateral, deberás pagar una multa por cada provincia en la que estés inscripto.

 

¿Cómo Funciona el Proceso para establecer Multas y Sanciones?

La AFIP o el organismo provincial correspondiente te va a enviar una notificación a tu Domicilio Fiscal electrónico sobre la multa y/o la falta de presentación, si corresponde.

Si pagas la multa y presentas la declaración jurada dentro de los 15 días siguientes a la notificación, la multa se reducirá a la mitad. Además, esta infracción no va a quedar en tu historial.

 

¿Qué Pasa si No Haces Nada?

Si no pagas la multa o no presentas la declaración, es probable que se inicie un procedimiento legal. La notificación que recibiste va a ser el punto de partida de este proceso, que va a reclamar no solo la multa, sino también el impuesto omitido. Estos procedimientos pueden generar costos adicionales, como honorarios de abogados.

 

Consideraciones Importantes sobre multas y sanciones:

  • Si bien las multas suelen ser económicas, pueden acumular intereses.
  • Además de la multa, lo que van a estar reclamando si no presentaste, es el impuesto que te corresponde pagar.  Este impuesto, va a tener intereses calculados hasta la fecha de pago, lo que puede hacer que la deuda se acumule rápidamente.
  • Atrasarte en las presentaciones puede llamar la atención de los organismos, ya que representas un riesgo alto, lo que podría resultar en inspecciones.

 

…en pocas palabras

Cumplir con la presentación de declaraciones juradas es esencial para evitar multas y complicaciones legales. Aunque las sanciones iniciales pueden parecer bajas, los costos adicionales y la posibilidad de inspecciones pueden hacer que la situación se complique.

Mantenete al día con tus obligaciones fiscales para evitar sorpresas y asegurar una gestión más tranquila de tus asuntos tributarios con taxmotor.

 

Domicilio Fiscal: Todo lo que hay que saber

Si te intentaste inscribir en impuestos o ya estas inscripto, seguro notaste que la AFIP exige a los contribuyentes que informen un Domicilio Real y uno Fiscal ¿cuál es la diferencia entre cada uno?

  • Domicilio real: Es el lugar donde uno vive, que generalmente coincide con la dirección que figura en el DNI.
  • Domicilio fiscal: Es el lugar donde se desarrollan la actividad laboral, puede ser el local, oficinal, consultorio etc.

Nota: Si bien solo es obligatorio registrar 1 (un) domicilio fiscal, podés y tenes que agregar más domicilios si tenes varios domicilios de trabajo, por ejemplo si tenes varios locales de venta.

 

Entonces, ya sabemos que el Domicilio Real de una persona, es donde vive, pero … ¿Dónde se ubica el Fiscal?

  • Actividad Comercial: Si una persona ejerce una actividad en un establecimiento/oficina o local fijo, ese será su domicilio fiscal.
  • Sin Establecimiento Fijo: Si la actividad no se realiza en un lugar específico o si trabaja en relación de dependencia, el domicilio fiscal se considerará el domicilio real del contribuyente, es decir, el lugar donde vive.

 

Verificación del Domicilio

Al momento de registrar un domicilio o cuando hay cambios en el domicilio fiscal, la AFIP verifica el nuevo domicilio a través de un proceso específico:

  1. Notificación: La AFIP envía una notificación en papel con un “código de confirmación del domicilio” al nuevo lugar, realizando hasta dos visitas en diferentes días.
  2. Confirmación: Los contribuyentes deben ingresar al “Sistema Registral” en el menú “Registro Tributario” y seleccionar la opción “Domicilio” para confirmar el alta del nuevo domicilio. Este paso es obligatorio.
  3. Plazo de 30 Días: Si no se ingresa el código en un plazo de 30 días, el domicilio se registrará como “Archivado”, similar a un domicilio “Inexistente”.

Si después de 30 días no recibiste el código, es necesario realizar una Presentación Digital ante AFIP.

 

Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)

Además del domicilio físico, existe el Domicilio Fiscal Electrónico. Este es un sitio informático seguro y personalizado que los contribuyentes deben registrar para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Para Constituirlo, hay que proporcionar a la AFIP una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.

Constituir el DFE es obligatorio, ahí van a llegar todas las notificaciones y comunicaciones que quiera hacerte AFIP.

¿Querés saber más sobre este tema? Te puede interesar: Domicilio Fiscal Electrónico: ¿Qué es y para qué sirve?

 

…en pocas palabras

Tener claro el concepto de domicilio y cumplir con los procedimientos establecidos es esencial para evitar problemas con la AFIP. Mantener tu información actualizada y correcta no solo facilita la gestión de tus obligaciones de impuestos, sino que también contribuye a una mejor organización de tus actividades económicas.

Si necesitas ayuda en alguno de estos temas, contactanos

Todo sobre Impuestos para tu emprendimiento ¡Aprendelo acá!

Si estas pensando en empezar un nuevo emprendimiento o actividad independiente, una de las cosas mas importantes que tenes que analizar, es el tema de los impuestos.

Los impuestos son obligatorios, conocerlos y entenderlos te va a ayudar a decidir cómo inscribirte en base a tu actividad, para que afecten en lo menos posible a tu rentabilidad.

Existen diferentes maneras de cumplir con tus impuestos. La manera en la que te corresponda pagarlos, va a depender de las particularidades de tu negocio.

En líneas generales, lo primero que tenes que proyectar es cómo y cuál será tu actividad y cual será tu promedio de facturación y gastos. Una vez que tengas en mente estas proyecciones puede que te corresponda:

 

1) Ser Monotributista

En este caso cumplís con tus obligaciones impositivas con una sola cuota mensual. Por lo general es la figura que mas se adecúa a quienes recién están empezando con su actividad.

¡Pero OJO! Esto NO SIEMPRE ES ASI. Analízalo para tu caso particular antes de decidirte.

Aprendé todo sobre Monotributo, haciendo click acá

 

2) Ser Responsable Inscripto

En este caso para cumplir con el pago de tus impuestos vas a tener que hacer declaraciones juradas mensuales y anuales y pagar el impuesto que surja.

Los montos a pagar no serán fijos como en el monotributo, sino que vas a pagar en base a los movimientos de compras y ventas que vayas teniendo.

Esta figura suele estar vinculada con contribuyentes con mas facturación, pero puede ser que por la particularidad de tu actividad te convenga adherirte a este régimen aunque tu facturación no sea elevada.

Todo lo que necesitas saber sobre el régimen general, encontralo acá

 

Empezar con mi emprendimiento: ¿Cuándo debo inscribirme?

Te va a corresponder hacerlo en el momento en el que empieces a realizar transacciones de compras y ventas. Si todavía estas planificando tu negocio ¡no tenes que inscribirte aún!

 

A la hora de empezar con una nueva actividad, emprendimiento o actividad independiente, es muy importante que la analices todas las variables para determinar qué figura impositiva adoptar.

No ser preciso con este primer análisis puede hacer que termines ¡pagando de más! (O de menos, ¡y teniendo problemas con la AFIP!).

Visitá también: Responsable Inscripto o Monotributista? Que te conviene más.

 

 

Cumplimiento: ¿Qué pasa si no pago mis impuestos?

En el mundo impositivo, el cumplimiento de las obligaciones de impuestos es una responsabilidad muy importante. El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los organismos Provinciales y Municipales, puede traer consecuencias financieras y legales graves para las empresas y contribuyentes unipersonales.

Enterate en este posteo las repercusiones que puede tener el incumplimiento fiscal en Argentina y consejos para evitarlas.

 

Falta de cumplimiento: Consecuencias del atraso en los pagos y presentaciones

 

  1. Multas: Los distintos organismos que recaudan impuestos, imponen multas y recargos a los contribuyentes que no cumplen con los plazos establecidos para las presentaciones y pagos. Estas sanciones pueden incrementarse con el tiempo y representar un costo considerable para el contribuyente.
  2. Intereses por pagos fuera de término: Además de multas, los contribuyentes también van a tener que pagar intereses sobre los montos adeudados. Estos intereses se acumulan con el tiempo y aumentan el costo total del incumplimiento fiscal.
  3. Pérdida de Beneficios Fiscales: El incumplimiento reiterado de las obligaciones de impuestos puede resultar en la suspensión de beneficios impositivos a los que el contribuyente tendría derecho. Esto puede impactar negativamente en su situación financiera y su competitividad.
  4. Embargos y Juicios: En casos graves de incumplimiento fiscal, los organismos de recaudación pueden tomar medidas más drásticas, como por ejemplo embargar cuentas bancarias. Dependiendo del monto adeudado y la antiguedad de la deuda, pueden tambien iniciar acciones legales en contra del contribuyente con deuda. Iniciado el Juicio, los honorarios de los abogados del fisco. La deuda en estos casos se incrementa muchisimo.
  5. Reputación Fiscal: El incumplimiento fiscal puede dañar la reputación del contribuyente ante el fisco y otras entidades gubernamentales. Esto puede resultar en dificultades a futuro de acceder a próximos beneficios.

 

…en pocas palabras

 

El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los demás organismos de recaudación, pueden traer graves consecuencias financieras y legales para los contribuyentes. Es esencial que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones y pagos mensuales para evitar sanciones y mantener una buena reputación fiscal.

¡Conocénos!