¿Qué es ser Responsable Inscripto? Entendelo acá.

Responsable inscripto es una de las figuras impositivas que existen en el país, que a diferencia del monotributo en donde se paga una cuota fija mensual, cuando sos Responsable Inscripto, tenes que presentar tus impuestos a traves de declaraciones juradas mensuales y anuales y pagar lo que surja de esas declaraciones juradas.

En general, te va a corresponder inscribirte como Responsable Inscripto, cuando por tu trabajo independiente o comercial superes los límites del monotributo.

 

¿Cuáles son mis obligaciones como Responsable Inscripto?

Un responsable inscripto tiene la obligación de:

  • Presentar IVA (Impuesto al valor agregado) de forma mensual
  • Presentar IMPUESTO A LAS GANANCIAS de forma anual
  • Aportar a AUTÓNOMOS forma mensual (jubilación)
  • De acuerdo con la actividad que desarrolle también te puede corresponder presentar Ingresos Brutos de forma mensual.

La figura del Responsable Inscripto requiere otro tipo de organización. Es necesario tener la documentación e información necesaria de compras, ventas y gastos de manera ordenada para poder hacer las declaraciones juradas mensuales y anuales.  

 

¿Cómo identificar si soy responsable inscripto? ¿ Es opcional?

Si bien son muchas las variables que hay que tener en cuenta, la más común es la facturación anual estimada. Si tu proyección de facturación anual SUPERA el límite de la última categoría de monotributo, corresponderá si o sí que tu inscripción sea bajo el régimen de responsable inscripto.

Recordá que: Para poder permanecer en el monotributo, no debes superar ninguna de las variables de la tabla (M2 afectados a la actividad, Monto de alquileres, Energía eléctrica consumida)

Si te encontras por debajo de este límite de Monotributo, podrás elegir entre ser Responsable Inscripto o Monotributo analizando otras variables para determinar que es lo que te conviene de acuerdo con las particularidades de tu negocio.

Siempre que superes los parámetros del monotributo, la figura que te corresponde es la de Responsable Inscripto.

 

¿Cuánto voy a pagar?

Este régimen se diferencia del monotributo por no contar con una cuota fija mensual, el monto a pagar en concepto de impuestos dependerá de tus ingresos y egresos mensuales. Por lo tanto, ¡es difícil de proyectar!

Para que tengas en cuenta, los impuestos involucrados son:

  • IVA – Impuesto al valor agregado
    • El responsable inscripto debe pagar mes a mes a la ARCA un porcentaje de su facturación en concepto de IVA. La tasa general es del 21% , pero también existen otras alícuotas mas bajas y mas altas dependiendo de la actividad que sea.

¡Tene en cuenta que tenes que pagar este impuesto a la ARCA a la hora de establecer tus precios de venta y el valor de tus servicios!

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada mensual ante ARCA

 

  • Impuesto a las Ganancias
    • Es un impuesto anual que se paga en base a tus resultados, es decir, tus ingresos menos tus gastos.

Para cumplir con esta obligación hay que hacer una declaración jurada anual ante ARCA

 

  • Autónomos:
    • Al tratarse de personas físicas, también se requiere inscripción en autónomos para el pago de la jubilación. Este monto es variable en relación a tus ingresos.

El aporte se hace de manera mensual, por medio de VEP o sino también lo podes adherir al débito automático

 

  • Ingresos brutos:
    • De acuerdo a la actividad que sea, puede ser que también te corresponda inscripción en ingresos brutos.

Ingresos brutos es un porcentaje de lo facturado. La alícuota dependerá de tu actividad y de la o las jurisdicciones en las que trabajes.

 

…en pocas palabras

Ser responsable inscripto lleva aparejado una serie de obligaciones mensuales y anuales las cuales tenes que cumplir mientras estés inscripto, factures o no factures.

Las declaraciones juradas obligatorias requieren que cuentes con tu información mensual de compras, ventas y gastos organizada de manera prolija. Por esta razón podrías optar por contar con ayuda en la materia, para que tu información mensual este organizada de manera prolija para poder hacer tus presentaciones de impuestos de manera mas eficiente.

No te pierdas tambien: 5 consejos que todo Responsable Inscripto debería conocer

 

Autónomos: ¿Qué es ser un trabajador independiente?

Un trabajador independiente debe en la gran mayoría de los casos, aportar a autónomos. Conocé qué implica en este post.

Un trabajador autónomo o independiente, es aquel que realiza una actividad económica, de forma habitual, sin contrato de trabajo. Si este es tu caso, y por alguna razón estas fuera del limite del Monotributo, esto implica que estás incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA.

Además de todas las obligaciones impositivas que tenes por ser responsable inscripto, una de tus obligaciones será aportar a autónomos. Estos son básicamente: tus aportes jubilatorios.

 

Si no conoces el resto de tus obligaciones como responsable inscripto, no te pierdas nuestro post: ¿Qué es ser Responsable Inscripto?

 

Al no tener empleador, los aportes los tenes que realizar vos por tu cuenta, y ¡Si! Son obligatorios. No aportar a autónomos, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar. Es importante realizar los pagos de aportes mes a mes, ya que en el caso en que se haga fuera de término, los intereses generados producirán una deuda, que deberá saldarse antes de solicitar la jubilación. 

 

Pago de Autónomos: ¿Cuánto y cuando tengo que pagar?

El monto a pagar es mensual y es determinado en base a tu categoría de autónomos. Tu categoría va a depender de la actividad que realices y en algunos casos también los ingresos brutos anuales que percibas.

El vencimiento sueles ser entre el 5 y 7 de cada mes, (o día hábil subsiguiente) de acuerdo a la terminación de tu cuit.

 

¿Cuáles son las modalidades de pago?

Las modalidades aceptadas por la ARCA son:

  1. A través de un VEP (Volante electrónico de pagos)
  2. Debito automático en tarjeta de crédito
  3. Debito directo en cuenta bancaria
  4. Mediante la utilización de la “Billetera electrónica ARCA”
  5. Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por la ARCA

En caso de ya ser jubilado y continuar desarrollando mi actividad independiente ¿corresponde abonar autónomos?

Si, en caso de ser jubilado y continuar desarrollando tu actividad independiente, tenes que seguir aportando autónomos, encuadrado en la categoría mínima vigente.

 

…en pocas palabras

Si sos un trabajador independiente y te encontras incluido en el régimen general o de Responsable Inscripto que es administrado por ARCA, debes aportar a Autónomos. No aportar a autónomos, además de estar incumpliendo con la normativa, te ocasionará problemas el día de mañana cuando te quieras jubilar.

Conocé como inscribirte con nuestra herramienta.

Multas y sanciones: ¿Qué pasa si no presento mis declaraciones juradas?

Es fundamental cumplir con la presentación de declaraciones juradas a tiempo. La falta de presentación puede resultar en sanciones económicas (multas) que es importante conocer para evitar complicaciones futuras.

En este artículo, te contamos sobre las multas aplicadas por la AFIP y los organismos provinciales, y el proceso que sigue a una omisión.

 

Si tenes la obligación de presentar declaraciones juradas y no lo haces a tiempo, vas a recibir una multa. Esta multa la establece el organismo ante el cual debes presentar el impuesto. Por ejemplo, en el caso de la AFIP, la multa es de $200 y se aplica automáticamente. Para las empresas, la multa será de $400.

En el caso de Ingresos Brutos, cada provincia determina el monto de la multa. Si estás en Convenio Multilateral, deberás pagar una multa por cada provincia en la que estés inscripto.

 

¿Cómo Funciona el Proceso para establecer Multas y Sanciones?

La AFIP o el organismo provincial correspondiente te va a enviar una notificación a tu Domicilio Fiscal electrónico sobre la multa y/o la falta de presentación, si corresponde.

Si pagas la multa y presentas la declaración jurada dentro de los 15 días siguientes a la notificación, la multa se reducirá a la mitad. Además, esta infracción no va a quedar en tu historial.

 

¿Qué Pasa si No Haces Nada?

Si no pagas la multa o no presentas la declaración, es probable que se inicie un procedimiento legal. La notificación que recibiste va a ser el punto de partida de este proceso, que va a reclamar no solo la multa, sino también el impuesto omitido. Estos procedimientos pueden generar costos adicionales, como honorarios de abogados.

 

Consideraciones Importantes sobre multas y sanciones:

  • Si bien las multas suelen ser económicas, pueden acumular intereses.
  • Además de la multa, lo que van a estar reclamando si no presentaste, es el impuesto que te corresponde pagar.  Este impuesto, va a tener intereses calculados hasta la fecha de pago, lo que puede hacer que la deuda se acumule rápidamente.
  • Atrasarte en las presentaciones puede llamar la atención de los organismos, ya que representas un riesgo alto, lo que podría resultar en inspecciones.

 

…en pocas palabras

Cumplir con la presentación de declaraciones juradas es esencial para evitar multas y complicaciones legales. Aunque las sanciones iniciales pueden parecer bajas, los costos adicionales y la posibilidad de inspecciones pueden hacer que la situación se complique.

Mantenete al día con tus obligaciones fiscales para evitar sorpresas y asegurar una gestión más tranquila de tus asuntos tributarios con taxmotor.

 

Domicilio Fiscal: Todo lo que hay que saber

Si te intentaste inscribir en impuestos o ya estas inscripto, seguro notaste que la AFIP exige a los contribuyentes que informen un Domicilio Real y uno Fiscal ¿cuál es la diferencia entre cada uno?

  • Domicilio real: Es el lugar donde uno vive, que generalmente coincide con la dirección que figura en el DNI.
  • Domicilio fiscal: Es el lugar donde se desarrollan la actividad laboral, puede ser el local, oficinal, consultorio etc.

Nota: Si bien solo es obligatorio registrar 1 (un) domicilio fiscal, podés y tenes que agregar más domicilios si tenes varios domicilios de trabajo, por ejemplo si tenes varios locales de venta.

 

Entonces, ya sabemos que el Domicilio Real de una persona, es donde vive, pero … ¿Dónde se ubica el Fiscal?

  • Actividad Comercial: Si una persona ejerce una actividad en un establecimiento/oficina o local fijo, ese será su domicilio fiscal.
  • Sin Establecimiento Fijo: Si la actividad no se realiza en un lugar específico o si trabaja en relación de dependencia, el domicilio fiscal se considerará el domicilio real del contribuyente, es decir, el lugar donde vive.

 

Verificación del Domicilio

Al momento de registrar un domicilio o cuando hay cambios en el domicilio fiscal, la AFIP verifica el nuevo domicilio a través de un proceso específico:

  1. Notificación: La AFIP envía una notificación en papel con un “código de confirmación del domicilio” al nuevo lugar, realizando hasta dos visitas en diferentes días.
  2. Confirmación: Los contribuyentes deben ingresar al “Sistema Registral” en el menú “Registro Tributario” y seleccionar la opción “Domicilio” para confirmar el alta del nuevo domicilio. Este paso es obligatorio.
  3. Plazo de 30 Días: Si no se ingresa el código en un plazo de 30 días, el domicilio se registrará como “Archivado”, similar a un domicilio “Inexistente”.

Si después de 30 días no recibiste el código, es necesario realizar una Presentación Digital ante AFIP.

 

Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)

Además del domicilio físico, existe el Domicilio Fiscal Electrónico. Este es un sitio informático seguro y personalizado que los contribuyentes deben registrar para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Para Constituirlo, hay que proporcionar a la AFIP una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.

Constituir el DFE es obligatorio, ahí van a llegar todas las notificaciones y comunicaciones que quiera hacerte AFIP.

¿Querés saber más sobre este tema? Te puede interesar: Domicilio Fiscal Electrónico: ¿Qué es y para qué sirve?

 

…en pocas palabras

Tener claro el concepto de domicilio y cumplir con los procedimientos establecidos es esencial para evitar problemas con la AFIP. Mantener tu información actualizada y correcta no solo facilita la gestión de tus obligaciones de impuestos, sino que también contribuye a una mejor organización de tus actividades económicas.

Si necesitas ayuda en alguno de estos temas, contactanos

Todo sobre Impuestos para tu emprendimiento ¡Aprendelo acá!

Si estas pensando en empezar un nuevo emprendimiento o actividad independiente, una de las cosas mas importantes que tenes que analizar, es el tema de los impuestos.

Los impuestos son obligatorios, conocerlos y entenderlos te va a ayudar a decidir cómo inscribirte en base a tu actividad, para que afecten en lo menos posible a tu rentabilidad.

Existen diferentes maneras de cumplir con tus impuestos. La manera en la que te corresponda pagarlos, va a depender de las particularidades de tu negocio.

En líneas generales, lo primero que tenes que proyectar es cómo y cuál será tu actividad y cual será tu promedio de facturación y gastos. Una vez que tengas en mente estas proyecciones puede que te corresponda:

 

1) Ser Monotributista

En este caso cumplís con tus obligaciones impositivas con una sola cuota mensual. Por lo general es la figura que mas se adecúa a quienes recién están empezando con su actividad.

¡Pero OJO! Esto NO SIEMPRE ES ASI. Analízalo para tu caso particular antes de decidirte.

Aprendé todo sobre Monotributo, haciendo click acá

 

2) Ser Responsable Inscripto

En este caso para cumplir con el pago de tus impuestos vas a tener que hacer declaraciones juradas mensuales y anuales y pagar el impuesto que surja.

Los montos a pagar no serán fijos como en el monotributo, sino que vas a pagar en base a los movimientos de compras y ventas que vayas teniendo.

Esta figura suele estar vinculada con contribuyentes con mas facturación, pero puede ser que por la particularidad de tu actividad te convenga adherirte a este régimen aunque tu facturación no sea elevada.

Todo lo que necesitas saber sobre el régimen general, encontralo acá

 

Empezar con mi emprendimiento: ¿Cuándo debo inscribirme?

Te va a corresponder hacerlo en el momento en el que empieces a realizar transacciones de compras y ventas. Si todavía estas planificando tu negocio ¡no tenes que inscribirte aún!

 

A la hora de empezar con una nueva actividad, emprendimiento o actividad independiente, es muy importante que la analices todas las variables para determinar qué figura impositiva adoptar.

No ser preciso con este primer análisis puede hacer que termines ¡pagando de más! (O de menos, ¡y teniendo problemas con la AFIP!).

Visitá también: Responsable Inscripto o Monotributista? Que te conviene más.

 

 

Cumplimiento: ¿Qué pasa si no pago mis impuestos?

En el mundo impositivo, el cumplimiento de las obligaciones de impuestos es una responsabilidad muy importante. El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los organismos Provinciales y Municipales, puede traer consecuencias financieras y legales graves para las empresas y contribuyentes unipersonales.

Enterate en este posteo las repercusiones que puede tener el incumplimiento fiscal en Argentina y consejos para evitarlas.

 

Falta de cumplimiento: Consecuencias del atraso en los pagos y presentaciones

 

  1. Multas: Los distintos organismos que recaudan impuestos, imponen multas y recargos a los contribuyentes que no cumplen con los plazos establecidos para las presentaciones y pagos. Estas sanciones pueden incrementarse con el tiempo y representar un costo considerable para el contribuyente.
  2. Intereses por pagos fuera de término: Además de multas, los contribuyentes también van a tener que pagar intereses sobre los montos adeudados. Estos intereses se acumulan con el tiempo y aumentan el costo total del incumplimiento fiscal.
  3. Pérdida de Beneficios Fiscales: El incumplimiento reiterado de las obligaciones de impuestos puede resultar en la suspensión de beneficios impositivos a los que el contribuyente tendría derecho. Esto puede impactar negativamente en su situación financiera y su competitividad.
  4. Embargos y Juicios: En casos graves de incumplimiento fiscal, los organismos de recaudación pueden tomar medidas más drásticas, como por ejemplo embargar cuentas bancarias. Dependiendo del monto adeudado y la antiguedad de la deuda, pueden tambien iniciar acciones legales en contra del contribuyente con deuda. Iniciado el Juicio, los honorarios de los abogados del fisco. La deuda en estos casos se incrementa muchisimo.
  5. Reputación Fiscal: El incumplimiento fiscal puede dañar la reputación del contribuyente ante el fisco y otras entidades gubernamentales. Esto puede resultar en dificultades a futuro de acceder a próximos beneficios.

 

…en pocas palabras

 

El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los demás organismos de recaudación, pueden traer graves consecuencias financieras y legales para los contribuyentes. Es esencial que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones y pagos mensuales para evitar sanciones y mantener una buena reputación fiscal.

¡Conocénos!

Tu Declaración Jurada de IVA con taxmotor

¿Tenes que hacer tu Declaración Jurada de IVA? Te contamos en este posteo cómo se hace con taxmotor.

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto al consumo. Los consumidores, no importa su condición fiscal, pagan el IVA dentro del precio de los productos y servicios que consumen.

Como Responsable Inscripto estás obligado a discriminar el IVA al momento de la venta de tus productos o servicios, para que luego puedas hacer la declaración jurada de este impuesto, declarando el IVA facturado y así pagar el correspondiente impuesto.

Para ver el saldo a pagar mes a mes tenes que hacer tu presentación mensual de IVA.

Conocé más sobre este impuesto en: ¿Qué es el IVA? Claves para entenderlo muy fácil y rápido

 

1- Solicitá tu borrador

Una vez cerrada tu facturación mensual podes solicitar tu borrador. En esta instancia, taxmotor va a confeccionar tu borrador y lo va a poner a tu disposición con la mayor brevedad posible.

Para esto vamos a necesitar que clasifiques tus comprobantes de compras y ventas. ¿Por qué pedimos esto? Es a los efectos de organizar tu información para TODOS tus impuestos.

 

¿Qué datos necesitamos que completes?

Dentro de cada comprobante de gasto necesitamos que clasifiques el tipo de gasto en las categorías que te proponemos.  

 

¿Podes tomarte el IVA de cualquier gasto?

No, de acuerdo con la ley de IVA, solo podes computar el crédito fiscal de los gastos relacionados con tu actividad. Con lo cual tenes que saber que dentro de las compras que te muestra taxmotor, vas a encontrar todas las facturas que emitieron a tu nombre, algunas pueden ser gastos personales, con lo cual tenes que clasificarlos como tales para que no se descuenten en tu DDJJ de IVA mensual ya que esto iría en contra de la ley de IVA  

 

¿Qué pasa si falta algún comprobante?

De acuerdo a que tipo de herramienta haya usado ese proveedor para emitirte la factura puede ser que la misma no aparezca de manera electrónica en la AFIP.

Pero ¡No te preocupes! Podes agregarla y descontarla de los impuestos a través de la opción Agregar Comprobante.  

Una vez clasificadas las compras y agregados los faltantes, cuando confirmas la pantalla, habrás solicitado tu borrador.  

 

2- Confirmación del borrador

Una vez que taxmotor pone a disposición tu borrador, tenes que revisarlo. En esta instancia vas a poder ver tu facturación, impuesto, retenciones y percepciones y saldo a pagar.

Con respecto a retenciones y percepciones: Taxmotor te va a mostrar las retenciones y percepciones que informaron a tu nombre. Pero si notas que falta algo y tenés el comprobante, podes cargarlo a mano en este momento para que lo puedas descontar.

Prestá atención a que las retenciones y percepciones que cargues a mano correspondan a IVA y no a otro impuesto.

Si todo está correcto, procedes a confirmar tu borrador para poder avanzar.  

 

3- Presentación de tu Declaración Jurada de IVA

Una vez confirmado el borrador, se avanza con la presentación. Una vez lista vas a poder ver en tu perfil las constancias de presentación y, en el caso de que corresponda ese mes, vas a poder ver el VEP a pagar con su importe y vencimiento, para buscarlo en tu homebanking y cumplir con tu obligación del mes.  

 

4- Confirmación del pago

Después de hacer el pago, solo tenés que confirmarlo en la aplicación. El estado cambiará a “pago confirmado” una vez que la AFIP o el organismo que corresponda según tu inscripción, registre tu pago en sus registros, así te asegurás de que la información que ves en Taxmotor sea 100% confiable.

En el caso de que no llegues a pagar el VEP, podes solicitar uno nuevo con solo un click.  

 

Recordá que taxmotor no va a hacer presentaciones sin tu aprobación y consentimiento, con lo cual es importante que respetes y sigas todos los pasos para poder llegar a la presentación.

Acordate que la presentación y pago fuera de término, pueden llevar multas e intereses.

 

¡Dejá atrás los trámites complicados! Ingresá a Taxmotor hoy mismo y hacé más fácil tu vida tributaria.

Responsabilidades y obligaciones de Impuestos para Monotributistas

¿Sos Monotributista en Argentina? ¿Sabías que como Monotributista tenes responsabilidades y obligaciones de impuestos?

Conocé los puntos clave que tenes que tener en cuenta para cumplir con tus tareas como Monotributista de manera eficiente y evitar problemas con la AFIP y otros organismos.

 

1.Registro y categorización adecuada:

Es muy importante que te inscribas correctamente, seleccionando la actividad a la cual te dedicas y que te encuadres en la categoría que corresponda según los parámetros establecidos por la AFIP.

Te puede interesar: Categorías de Monotributo: ¿Cuál te toca?

 

2.Emisión de comprobantes fiscales:

Estás obligado a emitir comprobantes válidos por las operaciones comerciales realizadas, ya sea factura electrónica o ticket según corresponda.

 

3.Presentación de declaraciones juradas y pagos mensuales:

De acuerdo con las particularidades de su actividad, puede ser que te corresponda presentar declaraciones juradas mensuales de ingresos brutos. Es importante asesorarse en este punto para que lo puedas cumplir de la mejor manera.

 

4.Cumplimiento de los límites establecidos:

Para poder permanecer en el régimen, el Monotributista debe mantenerse dentro de los límites de facturación, alquileres y demás parámetros establecidos por la AFIP. En caso de superar estos límites, se deberá iniciar la transición al régimen general.

Podés consultar las categorías vigentes en la Web de AFIP haciendo click acá.

 

5.Recategorizaciones:

En enero y julio de cada año están los periodos de recategorización. En ese momento tenes que analizar cómo fue tu actividad los últimos 12 meses y recategorizarte dentro de las diferentes categorías de Monotributo en el caso de te corresponda. Podes subir, bajar o permanecer en la misma categoría.

Podés consultar las categorías vigentes en la Web de AFIP haciendo click acá.

 

6.Pago de impuestos y monotributo:

Todos los Monotributistas deben realizar su pago mensual de Monotributo que corresponde al impuesto integrado y al componente de obra social o jubilación, según la categoría y la actividad desarrollada. El vencimiento de esta obligación es los días 20 de cada mes o día hábil siguiente.

 

7.Llevar registros de Ingresos y Gastos:

Es fundamental llevar registros respalden los ingresos, gastos y operaciones comerciales realizadas y constancias de las presentaciones efectuadas y los pagos realizados. Estos documentos son fundamentales en caso de inspecciones de AFIP u otros organismos provinciales.

 

8.Actualización de datos ante la AFIP:

Todos los contribuyentes deben mantener actualizada la información registrada ante la AFIP, como cambios en la actividad, domicilio fiscal, facturación, entre otros.

 

9.Cumplimiento de obligaciones complementarias:

En algunos casos, puede haber obligaciones complementarias, como la presentación de declaraciones informativas o la adhesión a regímenes de retención y percepción, que deben ser cumplidas según corresponda a la actividad económica.

 

…en pocas palabras

Ser Monotributista en Argentina puede parecer sencillo, pero implica una serie de responsabilidades y obligaciones que deben ser cumplidas con precisión.

Sin embargo, ¡no tienes por qué hacerlo solo! Conocé nuestra herramienta y empezá a autogestionar tus impuestos.

Entendiendo tus responsabilidades como Monotributista y el respaldo de nuestra plataforma, vas a poder desarrollar tu actividad con tranquilidad y confianza en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

Categorías de Monotributo: ¿Cuál te toca?

El Monotributo se divide en categorías. Acordate que la categoría, determina tu impuesto a pagar mes a mes. De acuerdo a las particularidades de tu negocio, te puede corresponder una diferente. ¿Cuál te toca? ¿Cuánto tenes que pagar?

Para saber que categoría te corresponde, tenes que analizar la tabla publicada por AFIP año a año y analices los parámetros de acuerdo a tu actividad.

Acordate que en la medida que excedas el limite de la ultima categoría, te va a corresponder ser responsable inscripto.

 

¿De que depende mi categoría?

Tu categoría va a depender de los siguientes factores:

  • El tipo de actividad: Son diferentes los montos a pagar de cada categoría si tu actividad es de Servicios o si es de Venta de Bienes.
  • Los ingresos anuales que tengas: Si recién estas iniciando actividad, tus ingresos anuales van a ser lo que mas o menos proyectes facturar mes a mes, multiplicado x los 12 meses del año

A modo de Ejemplo:

Si proyecto facturar 50o.000 mensuales, multiplico por los 12 meses del año:

 $500.000 x12 = $6.000.000 es mi ingreso anual

Una vez ya iniciada la actividad, cuando en el periodo de recategorización te toque analizar el parámetro de “ingresos”, no lo vas a tener que proyectar como hiciste al principio, sino que este parámetro va a ser determinado por lo que efectivamente hayas facturado los 12 meses anteriores al mes de análisis, sin importar lo que proyectes para el futuro.

  • Si tenés una oficina o local, tu categoría va a depender de:
    • La superficie que tengas afectada a la actividad (M2)
    • El total anual de energía eléctrica consumida (en KW)
    • El monto que pagues anualmente en concepto de alquiler

Analizados todos los parámetros, vas a quedar encuadrado en la categoría que te corresponda de modo que no superes ningún parámetro dentro de esa categoría.

 

¿Puedo modificar mi categoría?

¡Si! Durante los periodos de recategorización en los meses de enero y julio de cada año.

Semestralmente corresponde que analices nuevamente todos estos parámetros y, si te corresponde, ¡cambies de categoría!

 

¿Siempre tengo que pagar los 3 componentes de la cuota? ¿Hay alguna forma de pagar menos?

Recordemos que junto con la cuota de monotributo se pagan 3 conceptos:

  • Impuesto
  • jubilación
  • Obra Social

Y… ¡Si! Los 3 componentes son obligatorios. Excepto en los siguientes casos:

 

Si sos trabajador en relación de dependencia

SI trabajas bajo relación de dependencia y además queres darte de alta en monotributo para ejercer una segunda actividad, al momento del alta podes dejar asentada esta situación poniendo los datos del empleador, y solamente vas a pagar el componente IMPOSITIVO de la cuota. Esto es porque tu empleador ya está aportando para tu jubilación y tu obra social.

Si sos empleado en relación de dependencia: ¿Qué datos necesitas para hacer esta modificación en tu monotributo y pagar menos?

  • El CUIT de tu empleador y, en algunos casos, la fecha de inicio de la relación laboral. Tip: Ambos datos los podes sacar de tu recibo de sueldo

 

Si aportas a una caja provisional provincial

Si sos Monotributista y además aportas a una caja provincial de jubilación, generalmente se da en el caso de profesionales, podes dejar asentada esta condición en tu monotributo y pagar solamente el componente IMPOSTIVIO.

SI aportas a una caja previsional provincial: ¿Qué datos necesitas para hacer esta modificación en tu monotributo y pagar menos?

  • El CUIT de la Caja Previsional a la que aportas. Tip: El dato lo podes sacar del recibo de pago de la Caja.

 

Si sos Jubilado

SI ya te Jubilaste, pero igualmente seguís trabajando o ejerciendo alguna actividad independiente también tenes reducciones en la cuota a pagar.

  • Si te Jubilaste por la Ley N° 24.241 (actual). Tenes que seguir pagando aportes jubilatorios, pero NO pagas Obra social dado que ya estás afiliado a PAMI.

Aplica a Jubilados desde 07/1994

 

  • Si te Jubilaste por Leyes anteriores, N° 18.037 o N° 18.038, NO pagas ni aportes jubilatorios ni obra social

Aplica para jubilados hasta 06/1994

 

¿Puedo no pagar Obra Social con mi Monotributo si ya estoy pagando una Prepaga?

No, si no sos empleado en relación de dependencia, ni Jubilado, ni aportas a una caja previsional provincial, corresponde que aportes obra social con tu monotributo.

De decidirte por una prepaga, tenes que hacer un tramite posterior, para empezar a derivar los aportes de tu monotributo a la prepaga de tu elección y te empiecen a descontar de la cuota que pagas todos los meses, lo que ya aportas por tu monotributo.

Para este trámite ¡Tenes que contactar directamente a tu Prepaga!

 

…en pocas palabras

Los 3 componentes de la cuota de monotributo son obligatorios ya que todas las personas deben aportar a estos conceptos. La única forma que podes evitar pagar jubilación y Obra Social es si los estas aportando por otro lado, ya sea porque sos empelado en relación de dependencia, aportas a una Caja Previsional, o sos Jubilado.