Cumplimiento: ¿Qué pasa si no pago mis impuestos?

En el mundo impositivo, el cumplimiento de las obligaciones de impuestos es una responsabilidad muy importante. El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los organismos Provinciales y Municipales, puede traer consecuencias financieras y legales graves para las empresas y contribuyentes unipersonales.

Enterate en este posteo las repercusiones que puede tener el incumplimiento fiscal en Argentina y consejos para evitarlas.

 

Falta de cumplimiento: Consecuencias del atraso en los pagos y presentaciones

 

  1. Multas: Los distintos organismos que recaudan impuestos, imponen multas y recargos a los contribuyentes que no cumplen con los plazos establecidos para las presentaciones y pagos. Estas sanciones pueden incrementarse con el tiempo y representar un costo considerable para el contribuyente.
  2. Intereses por pagos fuera de término: Además de multas, los contribuyentes también van a tener que pagar intereses sobre los montos adeudados. Estos intereses se acumulan con el tiempo y aumentan el costo total del incumplimiento fiscal.
  3. Pérdida de Beneficios Fiscales: El incumplimiento reiterado de las obligaciones de impuestos puede resultar en la suspensión de beneficios impositivos a los que el contribuyente tendría derecho. Esto puede impactar negativamente en su situación financiera y su competitividad.
  4. Embargos y Juicios: En casos graves de incumplimiento fiscal, los organismos de recaudación pueden tomar medidas más drásticas, como por ejemplo embargar cuentas bancarias. Dependiendo del monto adeudado y la antiguedad de la deuda, pueden tambien iniciar acciones legales en contra del contribuyente con deuda. Iniciado el Juicio, los honorarios de los abogados del fisco. La deuda en estos casos se incrementa muchisimo.
  5. Reputación Fiscal: El incumplimiento fiscal puede dañar la reputación del contribuyente ante el fisco y otras entidades gubernamentales. Esto puede resultar en dificultades a futuro de acceder a próximos beneficios.

 

…en pocas palabras

 

El atraso en los pagos y presentaciones ante la AFIP y los demás organismos de recaudación, pueden traer graves consecuencias financieras y legales para los contribuyentes. Es esencial que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones y pagos mensuales para evitar sanciones y mantener una buena reputación fiscal.

¡Conocénos!

Tu Declaración Jurada de IVA con taxmotor

¿Tenes que hacer tu Declaración Jurada de IVA? Te contamos en este posteo cómo se hace con taxmotor.

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto al consumo. Los consumidores, no importa su condición fiscal, pagan el IVA dentro del precio de los productos y servicios que consumen.

Como Responsable Inscripto estás obligado a discriminar el IVA al momento de la venta de tus productos o servicios, para que luego puedas hacer la declaración jurada de este impuesto, declarando el IVA facturado y así pagar el correspondiente impuesto.

Para ver el saldo a pagar mes a mes tenes que hacer tu presentación mensual de IVA.

Conocé más sobre este impuesto en: ¿Qué es el IVA? Claves para entenderlo muy fácil y rápido

 

1- Solicitá tu borrador

Una vez cerrada tu facturación mensual podes solicitar tu borrador. En esta instancia, taxmotor va a confeccionar tu borrador y lo va a poner a tu disposición con la mayor brevedad posible.

Para esto vamos a necesitar que clasifiques tus comprobantes de compras y ventas. ¿Por qué pedimos esto? Es a los efectos de organizar tu información para TODOS tus impuestos.

 

¿Qué datos necesitamos que completes?

Dentro de cada comprobante de gasto necesitamos que clasifiques el tipo de gasto en las categorías que te proponemos.  

 

¿Podes tomarte el IVA de cualquier gasto?

No, de acuerdo con la ley de IVA, solo podes computar el crédito fiscal de los gastos relacionados con tu actividad. Con lo cual tenes que saber que dentro de las compras que te muestra taxmotor, vas a encontrar todas las facturas que emitieron a tu nombre, algunas pueden ser gastos personales, con lo cual tenes que clasificarlos como tales para que no se descuenten en tu DDJJ de IVA mensual ya que esto iría en contra de la ley de IVA  

 

¿Qué pasa si falta algún comprobante?

De acuerdo a que tipo de herramienta haya usado ese proveedor para emitirte la factura puede ser que la misma no aparezca de manera electrónica en la AFIP.

Pero ¡No te preocupes! Podes agregarla y descontarla de los impuestos a través de la opción Agregar Comprobante.  

Una vez clasificadas las compras y agregados los faltantes, cuando confirmas la pantalla, habrás solicitado tu borrador.  

 

2- Confirmación del borrador

Una vez que taxmotor pone a disposición tu borrador, tenes que revisarlo. En esta instancia vas a poder ver tu facturación, impuesto, retenciones y percepciones y saldo a pagar.

Con respecto a retenciones y percepciones: Taxmotor te va a mostrar las retenciones y percepciones que informaron a tu nombre. Pero si notas que falta algo y tenés el comprobante, podes cargarlo a mano en este momento para que lo puedas descontar.

Prestá atención a que las retenciones y percepciones que cargues a mano correspondan a IVA y no a otro impuesto.

Si todo está correcto, procedes a confirmar tu borrador para poder avanzar.  

 

3- Presentación de tu Declaración Jurada de IVA

Una vez confirmado el borrador, se avanza con la presentación. Una vez lista vas a poder ver en tu perfil las constancias de presentación y, en el caso de que corresponda ese mes, vas a poder ver el VEP a pagar con su importe y vencimiento, para buscarlo en tu homebanking y cumplir con tu obligación del mes.  

 

4- Confirmación del pago

Después de hacer el pago, solo tenés que confirmarlo en la aplicación. El estado cambiará a “pago confirmado” una vez que la AFIP o el organismo que corresponda según tu inscripción, registre tu pago en sus registros, así te asegurás de que la información que ves en Taxmotor sea 100% confiable.

En el caso de que no llegues a pagar el VEP, podes solicitar uno nuevo con solo un click.  

 

Recordá que taxmotor no va a hacer presentaciones sin tu aprobación y consentimiento, con lo cual es importante que respetes y sigas todos los pasos para poder llegar a la presentación.

Acordate que la presentación y pago fuera de término, pueden llevar multas e intereses.

 

¡Dejá atrás los trámites complicados! Ingresá a Taxmotor hoy mismo y hacé más fácil tu vida tributaria.

Monotributo: Precio máximo unitario de venta

Si sos Monotributista, hay un detalle importante que tenes que conocer: el precio máximo unitario de venta. Este parámetro, es uno de los requisitos establecidos por la AFIP que tenes que respetar para poder seguir en este régimen.

Para el año 2024, este límite es de $385.000,00. Esto significa que ningún artículo que vendas puede superar esa cantidad en el precio individual. La idea es asegurarse de que todos los contribuyentes paguen impuestos justos y que haya una competencia equitativa.

 

¿Para quiénes aplica este tope del precio máximo unitario de venta?

Es un parámetro que aplica a todos los Monotributistas que venden productos. Tené en cuenta que este límite aplica a cada producto en particular y no al total de tus ventas. Esto implica que, podes vender varias unidades de un mismo artículo, pero cada una debe estar dentro de ese precio máximo permitido.

Si por alguna razón superas este límite, es importante entender que vas a quedar fuera del régimen de Monotributo y te vas a tener que recategorizar al régimen de Responsable Inscripto. Si este es tu caso, contactanos que podemos ayudarte.

 

Entonces si solamente presto servicios, ¿Me aplica el precio máximo unitario de venta?

No, si sos Monotributista y prestas servicios, no te tenes que preocupar por este parámetro puntual que solo afecta a quienes venden productos. Si tenes que prestar atención a los demás parámetros.

 

Para poder cumplir con todos los requisitos del régimen de Monotributo, te recomendamos llevar un registro de todas tus ventas y precios unitarios. Así vas a estar seguro de que todo está en orden y que cumplis correctamente con tus responsabilidades de impuestos.

…en pocas palabras

El límite de precio unitario de venta es un parámetro importante para los Monotributistas de Argentina que se dedican a la venta de productos. Conocer este monto límite y respetarlo te permite operar legalmente y permanecer en este régimen simplificado, aprovechando las ventajas del Monotributo para seguir creciendo en tu negocio.

El dia a dia del Responsable Inscripto en Taxmotor

¿Sos Responsable Inscripto y te interesa automatizar tus impuestos? Enterate en este posteo como es el día a día del Responsable Inscripto en taxmotor.

 

1- Pago mensual de autónomos

Desde taxmotor generamos tus VEPs para el pago mensual de autónomos. también vas a poder ver en tu perfil si tenes periodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago si se te vencieron y no llegaste a pagarlos.

¿Cuando vence autónomos? Por lo general entre el 5 y el 9 de cada mes de acuerdo con el número con el que termina tu CUIT.

Te puede interesar también: Tené autónomos siempre al día con taxmotor

 

2- Declaración Jurada Mensual de Ingresos Brutos

Desde taxmotor podes hacer tus presentaciones mensuales de Ingresos Brutos. No importa cuál sea tu régimen de inscripción. también vas a poder ver en tu perfil si tenes periodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago si se te vencieron y no llegaste a pagarlos.

Te puede interesar también: Tu Declaración Jurada de Ingresos brutos Local con taxmotor

Tu Declaración Jurada de Ingresos brutos Convenio Multilateral con taxmotor

 

3- Declaración Jurada Mensual de IVA

Desde taxmotor podes hacer tus presentaciones mensuales de IVA. También vas a poder ver en tu perfil si tenes periodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago si se te vencieron y no llegaste a pagarlos.

Te puede interesar también: Tu Declaración Jurada de IVA con taxmotor

 

4- Declaración Jurada Anual de Ganancias y Bienes Personales

Desde taxmotor podes hacer tus presentaciones anuales de Ganancias y Bienes Personales. También vas a poder ver en tu perfil si tenes periodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago si se te vencieron y no llegaste a pagarlos.

 

…en pocas palabras

Con taxmotor vas a poder gestionar todos tus impuestos mensuales y anuales con los que tenes que cumplir como Responsable Inscripto.

¡Dejá atrás los trámites complicados! Ingresá a Taxmotor hoy mismo y hacé más fácil tu vida tributaria.

 

 

Tené autónomos siempre al dia con taxmotor

¿Sos Responsable Inscripto y necesitás simplificar la gestión de tus impuestos? Seguramente escuchaste hablar de autónomos ¡Con Taxmotor podés gestionar esta obligación de manera fácil y rápida!

Desde Taxmotor, te ayudamos a generar tus VEPs para el pago mensual de autónomos sin complicaciones. Además, en tu perfil vas a poder ver si tenés períodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago solo con un click si se te pasaron las fechas de vencimiento.

Te puede interesar también: Autónomos: ¿Qué es ser un trabajador independiente?

 

¿VEP?

Y hablando del VEP, ¿sabés qué es? VEP significa Volante Electrónico de Pago. Una vez generado, lo buscás en tu homebanking, lo pagás y listo, cumpliste con tu obligación pendiente.

Después de hacer el pago, solo tenés que confirmarlo en la aplicación. El estado cambiará a “pago confirmado” una vez que la AFIP registre tu pago en sus registros, así te asegurás de que la información que ves en Taxmotor sea 100% confiable.

Dato: Hace poco también se incorporó la opción de ¡pagar con billeteras virtuales! Desde taxmotor generamos tu QR para que cumplas con el pago de esta obligación escaneando con tu celular.

 

¿Cuándo vence el pago de Autónomos?

Por lo general, es entre el 5 y el 9 de cada mes, dependiendo del último número de tu CUIT. Desde Taxmotor te vamos a avisar cuando esté listo tu VEP para pagar los Autónomos cada mes. Vas a poder ver tus próximos vencimientos en tu calendario.

 

…en pocas palabras

Desde Taxmotor, te ayudamos a generar tus VEPs para el pago mensual de autónomos sin complicaciones. Además, en tu perfil vas a poder ver si tenés períodos impagos y solicitar nuevos volantes de pago solo con un click si se te pasaron las fechas de vencimiento.

 

¡Dejá atrás los trámites complicados! Ingresá a Taxmotor hoy mismo y hacé más fácil tu vida tributaria.

Devolución de Percepciones: Conocé si te corresponde

Arranca un nuevo año y se habilitan los servicios para poder pedir la devolución de las percepciones que te efectuaron durante todo el 2023 por compras y gastos en moneda extranjera.

¡Conocé todo en esta nota!

¿Podes pedir una devolución de impuestos? Si realizaste consumos en dólares o cualquier otra moneda, debes haber notado que te cobran impuestos por eso. Cuanto esto sucede, en muchos casos, ¡Se puede pedir la devolución!

Si querés saber de qué se componen los impuestos que te cobran, no te pierdas este posteo: ¿Impuesto al dólar? ¿Qué es eso?

Parte de los impuestos que te cobran son crédito a favor tuyo y podes o pedir la devolución o computarlo a cuenta de impuestos. Descubrí en el siguiente posteo, de acuerdo con tu situación fiscal, cómo corresponde que te devuelvan estas percepciones.

Recordá que solamente podés pedir la devolución de las Percepciones que te hayan efectuado a cuenta de Impuesto a las Ganancias y/o el Impuesto a los Bienes Personales. El impuesto País no.

 

Devolución de percepciones: Analicemos los casos más comunes y como hacer efectiva la devolución.

 

Si sos empleado en relación de dependencia y te retienen ganancias en tu recibo de sueldo

En estos casos, lo que tenes que hacer es cargar las percepciones a cuenta de Ganancias en el Servicio SIRADIG para que el empleador te las pueda computar al momento de calcular tus próximas retenciones.

Si querés conocer más sobre SIRADIG te puede interesar: ¿Qué es el SIRADIG?

En cuanto a las Percepciones a cuenta del Impuesto a los Bienes Personales que te hayan efectuado, si vos presentas este impuesto te lo vas a computar como pago a cuenta cuando hagas la declaración jurada. Si no te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder pedir la devolución de las percepciones a cuenta de Bienes Personales.

 

Si sos empleado en relación de dependencia y no te retienen ganancias en tu recibo de sueldo

En este caso, como no te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder pedir la devolución de las Percepciones a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

En cuanto a las Percepciones a cuenta del impuesto a los Bienes Personales que te hayan efectuado, si vos presentas este impuesto te lo vas a computar como pago a cuenta cuando hagas la declaración jurada. Si no te toca presentar y pagar este impuesto, vas a poder pedir la devolución de las percepciones a cuenta de Bienes Personales.

 

Si sos trabajador autónomo o Monotributista y presentas la declaración Jurada de Ganancias

Como sí te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder computar estas percepciones como un pago a cuenta cuando realices tu Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.

En cuanto a las Percepciones a cuenta del impuesto a los Bienes Personales que te hayan efectuado, si vos presentas este impuesto te lo vas a computar como pago a cuenta cuando hagas la declaración jurada. Si no te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder pedir la devolución de las percepciones a cuenta de Bienes Personales.

 

Si sos trabajador autónomo o Monotributista y presentas la declaración Jurada de Bienes Personales

En este caso, como sí te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder computar estas percepciones como un pago a cuenta cuando realices tu Declaración Jurada del Impuesto a los Bienes Personales.

En cuanto a las Percepciones a cuenta del impuesto a las Ganancias que te hayan efectuado, si vos presentas este impuesto te lo vas a computar como pago a cuenta cuando hagas la declaración jurada. Como no te corresponde presentar y pagar este impuesto, vas a poder pedir la devolución de las percepciones a cuenta de Ganancias.

 

Si sos trabajador Monotributista y no presentas declaración Jurada de Ganancias y/o de Bienes Personales

Si esta es tu situación, como no te toca presentar y pagar estos impuestos, vas a poder pedir la devolución de las Percepciones a cuenta de ambos impuestos. Tanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias y como a cuenta del Impuesto a los Bienes Personales.

 

…en pocas palabras

Si realizaste consumos en dólares o cualquier otra moneda sabes que te corresponde devolución de una parte. Cómo hacer efectiva esta devolución depende de tu situación fiscal. Es importante conocer la normativa ya que la devolución no es automática. Vos como contribuyente tenes que saber qué hacer para hacer efectiva la devolución.

Conocé nuestra web y mantente 100% actualizado haciendo clic acá

Cuenta DNI para pagar obligaciones fiscales

La cuenta DNI se está haciendo popular entre los usuarios y consumidores por los descuentos que ofrece. ¡Tenemos una buena noticia! Desde ahora, también los VEPs pueden cancelarse con código QR desde esta aplicación.

La AFIP sumó la Cuenta DNI como nuevo medio de pago aceptado para que los contribuyentes cumplan con el pago de sus impuestos mediante el escaneo del código QR con esta aplicación.

 

Lee también: Billeteras virtuales: nuevo medio de pago aceptado por AFIP

 

¿Cuáles son los pasos a seguir?

Como todo pago electrónico de AFIP, el primer paso es generar el volante electrónico de pago. Al momento de indicar el método de pago, se debe seleccionar la opción “Pago con QR”

El sistema va a generar un número del Volante de Pago y el código QR

El paso siguiente es ingresar desde el celular a la aplicación de “Cuenta DNI”, presionar sobre el botón “Pagar QR” y escanear con el celular el código generado.

Realizado el escaneo, llegas a una pantalla final donde se muestra el vencimiento y monto a pagar. Presionar “pagar” para terminar con el proceso.

Nota: El pago solo puede hacerse con dinero disponible en cuenta.

 

Te puede interesar el instructivo de AFIP: ¿Cómo pagar un VEP por Cuenta DNI?

Es importante que la AFIP se encuentre en constante expansión de los medios de pago, simplificando y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias para los contribuyentes. Al habilitar una variedad de opciones de pago, se promueve la accesibilidad y la conveniencia, permitiendo a los contribuyentes cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera más eficiente, haciendo que el proceso sea más amigable y adaptable a las diversas necesidades y capacidades de los contribuyentes.

 

…en pocas palabras

El pago con Cuenta DNI se suma al resto de opciones de pago disponibles, que incluye billeteras electrónicas, transferencias electrónicas por homebanking, redes Banelco o Link, plataformas Pago Mis Cuentas, Pagar y Provincia Net, y Mercado Pago, entre otras.

Novedades en operaciones de compra en moneda extranjera

Se modificó el régimen de percepcion que se aplica sobre las operaciones de compra en moneda extranjera alcanzadas por el Impuestos PAIS.
Mediante la publicacion de la Resolución General N° 5430 publicada recientemente se establece que se va a practicar un percepcion del 45% y otra de 25% adicional al 30% del impuesto país. Esto implica que por las operaciones en moneda extranjera se adicionará un 100% en concepto de impuestos.

¿Qué significa operaciones de compra en moneda extranjera? ¿A qué transacciones aplican estas novedades?

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para ahorro.
  • Pago de bienes o servicios en el exterior que se paguen con tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago equivalente.
  • Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente.
  • Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
  • Pago de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país, excepto aquellas operaciones que se contraten en el país de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.

 

¿Las percepciones son a cuenta de Impuestos?

Si, en las operaciones de compra en moneda extranjera, las perceciones son a cuenta de Impuestos y te explicamos el desglose.

El 45% se van a Imputar a diferentes impuestos, según la condición tributaria del sujeto:

  • Para Monotributistas que no tributen Impuesto a las Ganancias: se imputará a Impuesto sobre los Bienes Personales.
  •  Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.

El 25% se van a Imputar a diferentes impuestos, según la condición tributaria del sujeto:

  • Para personas humanas y sucesiones indivisas: Impuesto sobre los Bienes Personales.

Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.

 

Te puede interesar: Devolución de Percepciones: ¿Me corresponde?

 

¿Puedo pedir la devolución?

Si, si no tributas el impuesto al cual te imputaron la perceción vas a poder pedir la devolución de las mismas. ¿Cuándo? A patrtir del 1° de enero del año siguiente.

 

¿A partir de qué fecha rigen estas novedades sobre las operaciones de compra en moneda extranjera?

Estas disposiciones tienen vigencia para las operaciones efectuadas desde el 10 de octubre de 2023.

…en pocas palabras

Mediante la publicacion de la Resolución General N° 5430 publicada recientemente se establece que se va a practicar un percepcion del 45% y otra de 25% adicional al 30% del impuesto país. Esto implica que por las operaciones en moneda extranjera se adicionará un 100% en concepto de impuestos.

Billeteras virtuales: nuevo medio de pago aceptado por AFIP

Las billeteras virtuales son furor en nuestro país hace ya un tiempo y seguro alguna vez te preguntaste por qué no podías pagar tus impuestos de AFIP a través de ellas, ¡Hay novedades con respecto a esto! La AFIP sumó nuevos medios de pago para que los contribuyentes paguen sus obligaciones fiscales. Descubrí todos los detalles y cómo hacerlo, en esta nota.Se sumaron las billeteras virtuales como nuevo medio de pago aceptado para que los contribuyentes paguen sus impuestos. Esto quiere decir que, a partir de ahora, los pagos van a poder hacerse tanto escaneando código QR como con número de VEP a través de estas famosas aplicaciones.No te preocupes, que esta nueva modalidad se suma a las modalidades que ya existen, así que, si te sentís cómodo pagando a través de tu homebanking o con tu débito automático, vas a poder seguir haciéndolo de esta manera. 

¿Te interesa conocer esta nueva modalidad? La AFIP publicó algunas guías paso a paso donde se detalle el procedimiento a seguir para empezar a pagar tus impuestos con billeteras virtuales, que te podría interesar:

1- ¿Cómo pagar un VEP por Mercado Pago?

2- ¿Cómo pagar un VEP por E-Pagos?

 

Primer paso, generar el VEP

Como en todo pago electrónico a la AFIP, el primer paso es generar el VEP. Una vez que se indican las obligaciones a pagar y se presiona “Generar VEP o QR”.

Al momento de indicar el método con el que se abonará, hay que seleccionar “Pago con QR”.

 

Escaneo del QR a través de billeteras virtuales

El sistema te va a mostrar un QR y el número de VEP (Volante Electrónico de Pago).

A continuación, vas a ingresar a la aplicación desde la que se hará el pago y vas a escanear el código QR como harías con cualquier otro pago.

La aplicación te va a mostrar el monto a abonar, y vas a seleccionar la modalidad de pago (dinero en cuenta o transferencia desde cuentas bancarias asociadas) antes de presionar el botón “Pagar”

 

Pago con VEP a través de billeteras virtuales

Por el contrario, si preferís pagar desde la billetera virtual, pero sin escanear el QR, podes hacerlo, ingresando el número de VEP.

Para esto, desde la pantalla de inicio de la aplicación se ingresa al ícono “Cuentas y servicios” y se busca “AFIP VEP”. Ahí la aplicación te va a solicitar el número de CUIT y número de VEP.

Una vez ingresado el dato, a aplicación te va a mostrar el monto a abonar, y vas a seleccionar la modalidad de pago (dinero en cuenta o transferencia desde cuentas bancarias asociadas) antes de presionar el botón “Pagar”

 

…en pocas palabras

La AFIP sumó las billeteras virtuales como nuevo medio de pago para que los contribuyentes paguen sus obligaciones fiscales, esta nueva modalidad se suma a las modalidades que ya existen. Ahora vas a tener más alternativas de pago para elegir a la hora de pagar tus impuestos de AFIP.