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Monotributistas y Recategorización: ¿Qué pasa si no me recategorizo?

La recategorización es un trámite obligatorio. La AFIP establece que dos veces al año todos los Monotributistas tienen que hacer una revisión de:

  1. Sus Ingresos.
  2. La energía eléctrica consumida para desarrollar la actividad.
  3. Los alquileres devengados del local u oficina que alquilan.

En el caso de que alguno de estos valores superen lo establecido por la escala de monotributo vigente de la categoría en la que estas inscripto, estás obligado a Recategorizarte y encuadrarte en una nueva categoría. Si no te excediste, vas a poder continuar en la misma categoría hasta la próxima recategorización.

La recategorización es una obligación que no es automática, al no hacerlo estas incumpliendo con tus deberes como Monotributista.

Si la AFIP detecta que la recategorización no está gestionada y correspondía realizarla, puede establecer sanciones… ¡Incluso si ya pasaron varios meses desde que te correspondía recategorizarte! Esto va a implicar diferencias a pagar y multas retroactivas a la fecha en la que te correspondía cambiar de categoría y no lo hiciste.

 

¿Qué sanciones puede establecerte la AFIP?

  • Recategorización de Oficio

Si no realizaste el tramite de recategorización o lo realizaste de manera incorrecta, la AFIP puede ubicarte en la categoría que corresponda de manera automática retroactivo a la fecha en la que te correspondió recategorizarte.

Reclamandote las diferencias de las cuotas no ingresadas mas los intereses que correspondan.

  • Multas:

Las recategorizaciones de oficio vienen acompañadas de diferencias a pagar, intereses y multas. El importe de la multa va a ser determinados por el organismo, pero por lo general es del 50% del valor del impuesto y el componente previsional correspondiente a la nueva categoría.

 

¿Cómo hago mi recategorización?

La recategorización se hace a través de la web de AFIP y se necesita la informacion de tus Ingresos y Gastos de los últimos 12 meses. Si tenes un registro claro y completo de tus facturas de ventas y de tus gastos… ¡El proceso es sencillo!

 

Pero… ¿Qué pasa con quienes están en la última categoría?

En el caso de que estés en la última categoría el control para determinar si te excedes de la misma lo debes hacer de manera mensual, controlando siempre los últimos 12 meses.

Si te excedas de la ultima categoría, te va a corresponder el pase a Responsable Inscripto, desde el mes inmediato siguiente al que te hayas excedido de la ultima categoría de monotributo vigente.

En el caso de que no lo hagas, la AFIP puede excluirte del régimen: Esto vienen acompañado de Sanciones y Multas al igual que las recategorizaciones de oficio, pero en esta instancia la AFIP te va a reclamar además, IVA e Impuesto a las ganancias desde el mes en el que te correspondió cambiar y no lo hiciste.

Conocé otras causales de exclusión en esta nota.

 

…en pocas palabras

Resulta casi indispensable llevar correcto registro de los movimientos de tu negocio y ¡Mantenerlo 100% actualizado! Para esto podes optar por contratar a un Contador o utilizar un Software de autogestión para optimizar tus procesos y te quedes tranquilo de tus impuestos están al día.

No recategorizarte puede traerte muchas diferencias a pagar y multas. Muchas veces las revisiones de AFIP no son rápidas, por lo tanto, puede ser que te gestionen una recategorización de oficio o exclusión varios meses después de tu incumplimiento, esto va a implicar muchos intereses innecesarios. ¡No te olvides de hacerlo!