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¿Cuánto me corresponde por vacaciones?

Si sos empleado en relación de dependencia te corresponden obligatoriamente días de vacaciones por año. Descubrí cuántos días corresponden de vacaciones en este posteo, ¡Y cuánto te tienen que pagar!

 

¿Cuántos días me corresponden de Vacaciones?

Cómo trabajador tenés derecho a que te den cierta cantidad de días corridos de descanso durante el año. Esta cantidad de días depende de tu antigüedad en el trabajo:

Si este es tu primer año en este trabajo, si empezaste antes del 1° de Julio de ese año, te corresponden 14 días corridos de descanso. Si empezaste posterior a esa fecha, por este primer año te va a corresponder 1 día por cada 20 días trabajados.

Una vez cumplido tu primer año, la cantidad de dias va de acuerdo con este cronograma:

  • Si tenes hasta 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
  • Si tenes entre 5 y 10 años de antigüedad: 21 días corridos.
  • Si tenes entre 10 y 20 años de antigüedad: 28 días corridos.
  • Si tenes más de 20 años: 35 días corridos.

 

¿Me pagan el sueldo durante las vacaciones?

Sí. Deben pagarte los días de vacaciones al iniciar las mismas, este monto que te paga incluye un plus vacacional. Se calcula de la siguiente manera:

 

Sueldo/25 x días de vacaciones

(Sueldo dividido veinticinco multiplicado por los días de vacaciones)

 

Una vez que estes de regreso y te reincorpores al trabajo, tené en cuenta qué cuando te paguen el sueldo del mes únicamente te van a pagar por los días trabajados. Acordate que las vacaciones te las pagaron al empezarlas. Los días trabajados de ese mes se calculan de la siguiente manera

 

Sueldo/30 x días trabajados

(Sueldo dividido treinta multiplicado por los días trabajados)

 

¿Cuándo me puedo tomar mis vacaciones?

El empleador debe darte tus vacaciones dentro del período comprendido entre el 1° de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente.

 

Dato extra: Si te desvinculas del trabajo ya sea por renuncia o por despido, te tienen que pagar las vacaciones proporcionales hasta la fecha de tu renuncia o despido. Seguramente estén incluidas en tu liquidación final junto con los otros conceptos que correspondan.

 

…en pocas palabras

Cómo trabajador tenés derecho a que te den cierta cantidad de días de vacaciones durante el año que dependen de tu antigüedad.

Tené en cuenta que de acuerdo al convenio colectivo en el que estes inscripto y/o el gremio que regule tu rubro, puede ser que haya otros acuerdos en lo que tiene que ver con las vacaciones que puedan incluir más días o cálculos realizados de manera diferente a lo que mencionamos en este posteo. Es importante que te asesores en lo que tiene que ver con las particularidades de tu rubro para que puedas saber bien que te corresponde.

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