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Domicilio Fiscal: Todo lo que hay que saber

Si te intentaste inscribir en impuestos o ya estas inscripto, seguro notaste que la AFIP exige a los contribuyentes que informen un Domicilio Real y uno Fiscal ¿cuál es la diferencia entre cada uno?

  • Domicilio real: Es el lugar donde uno vive, que generalmente coincide con la dirección que figura en el DNI.
  • Domicilio fiscal: Es el lugar donde se desarrollan la actividad laboral, puede ser el local, oficinal, consultorio etc.

Nota: Si bien solo es obligatorio registrar 1 (un) domicilio fiscal, podés y tenes que agregar más domicilios si tenes varios domicilios de trabajo, por ejemplo si tenes varios locales de venta.

 

Entonces, ya sabemos que el Domicilio Real de una persona, es donde vive, pero … ¿Dónde se ubica el Fiscal?

  • Actividad Comercial: Si una persona ejerce una actividad en un establecimiento/oficina o local fijo, ese será su domicilio fiscal.
  • Sin Establecimiento Fijo: Si la actividad no se realiza en un lugar específico o si trabaja en relación de dependencia, el domicilio fiscal se considerará el domicilio real del contribuyente, es decir, el lugar donde vive.

 

Verificación del Domicilio

Al momento de registrar un domicilio o cuando hay cambios en el domicilio fiscal, la AFIP verifica el nuevo domicilio a través de un proceso específico:

  1. Notificación: La AFIP envía una notificación en papel con un “código de confirmación del domicilio” al nuevo lugar, realizando hasta dos visitas en diferentes días.
  2. Confirmación: Los contribuyentes deben ingresar al “Sistema Registral” en el menú “Registro Tributario” y seleccionar la opción “Domicilio” para confirmar el alta del nuevo domicilio. Este paso es obligatorio.
  3. Plazo de 30 Días: Si no se ingresa el código en un plazo de 30 días, el domicilio se registrará como “Archivado”, similar a un domicilio “Inexistente”.

Si después de 30 días no recibiste el código, es necesario realizar una Presentación Digital ante AFIP.

 

Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)

Además del domicilio físico, existe el Domicilio Fiscal Electrónico. Este es un sitio informático seguro y personalizado que los contribuyentes deben registrar para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Para Constituirlo, hay que proporcionar a la AFIP una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.

Constituir el DFE es obligatorio, ahí van a llegar todas las notificaciones y comunicaciones que quiera hacerte AFIP.

¿Querés saber más sobre este tema? Te puede interesar: Domicilio Fiscal Electrónico: ¿Qué es y para qué sirve?

 

…en pocas palabras

Tener claro el concepto de domicilio y cumplir con los procedimientos establecidos es esencial para evitar problemas con la AFIP. Mantener tu información actualizada y correcta no solo facilita la gestión de tus obligaciones de impuestos, sino que también contribuye a una mejor organización de tus actividades económicas.

Si necesitas ayuda en alguno de estos temas, contactanos